ANONIMIZADO
Rol
Fecha
18 de febrero de 2026
Materia
ALIMENTOS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTOS: Teniendo presente que la resolución recurrida, al pronunciarse rechazando un incidente de imputación de gastos al pago de la pensión de alimentos reviste naturaleza de sentencia interlocutoria que, por tanto, debió ser apelada en forma directa al tenor de lo prescrito en el artículo 187 del Código de Procedimiento Civil y visto, además, lo prescrito en los artículos 201 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara INADMISIBLE, el recurso de apelación deducido por la parte demandada el veintidós de diciembre en contra de la resolución dictada el diecinueve de diciembre, ambas de dos mil veinticinco, íntegramente transcrita en la carpeta...
Fallo
por tanto, debió ser apelada en forma directa al tenor de lo prescrito en el artículo 187 del Código de Procedimiento Civil y visto, además, lo prescrito en los artículos 201 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara INADMISIBLE, el recurso de apelación deducido por la parte demandada el veintidós de diciembre en contra de la resolución dictada el diecinueve de diciembre, ambas de dos mil veinticinco, íntegramente transcrita en la carpeta...
Texto Completo (Preview)
La Serena, dieciocho de febrero de dos mil veintiséis. VISTOS: Teniendo presente que la resolución recurrida, al pronunciarse rechazando un incidente de imputación de gastos al pago de la pensión de alimentos reviste naturaleza de sentencia interlocutoria que, por tanto, debió ser apelada en forma directa al tenor de lo prescrito en el artículo 187 del Código de Procedimiento Civil y visto, además
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