SIN INFORMACION

FARÍAS/CAJA DE COMPENSACION LOS ANDES Y CORPORACION MUNICIPAL SAN JOSE DE MAIPO

Rol

Fecha

17 de febrero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGE Y RECHAZA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece María Fabiola Lagos Cuevas, abogada, en representación de Constanza Catalina Farías Becerra, técnico en párvulos, para interponer recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes y de la Corporación Municipal de San José de Maipo, por estimar que ambas han incurrido en actos ilegales y arbitrarios que vulneran sus garantías constitucionales, particularmente el derecho de propiedad y la igualdad ante la ley. Expone la recurrente que el 28 de diciembre de 2021 celebró con la Caja de Compensación un contrato de crédito social por la suma de $1.745.000, pactado en 48 cuotas mensuales de $59.726, cuyo pago debía efectuarse mediante descuentos por planilla conforme al artículo 22 de la Ley N° 18.833. Señala que su empleador, la Corporación Municipal de San José de Maipo, efectuó regularmente las retenciones de su remuneración desde febrero de 2022 hasta agosto de 2025, por un total aproximado de $2.857.523, quedando sólo un saldo mínimo pendiente; sin embargo, tales montos no habrían sido íntegramente remesados a la Caja de Compensación, la cual sólo reconoce el pago de siete cuotas, manteniendo a la recurrente como morosa y aplicándole intereses, continuando además con descuentos que estima indebidos. Sostiene que la Caja, en vez de dirigir acciones contra el empleador que habría omitido enterar las sumas retenidas, ha continuado imputando la deuda a la trabajadora, lo que considera contrario al inciso segundo del artículo 22 de la Ley N° 18.833, que dispone que, practicada la deducción, la deuda se extingue respecto del trabajador aun cuando el empleador no remese los montos. Añade que la Corporación Municipal, al retener sin enterar los dineros, habría incurrido igualmente en un actuar ilegal, haciéndola aparecer en mora y permitiendo descuentos adicionales. Solicita que se ordene cesar todo descuento que exceda el saldo real del crédito, que la Caja dirija sus acciones de c

Fundamentos

considerando únicamente una cuota mensual de $59.726, dado que los intereses, reajustes y gastos de cobranza generados por el no entero oportuno de las sumas retenidas, no le resultan imputables a la recurrente, sino a la Corporación Municipal recurrida. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-3642-2025.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el Auto Acordado sobre la materia, se declara: I.- Que se rechaza el recurso de protección interpuesto, en contra de la Caja de Compensación de Asignación familiar Los Andes. II.- Que se acoge el recurso de protección interpuesto, en contra de la Corporación Municipal de Educación y Salud de San José de Maipo, la que deberá enterar ante la Caja de Compensación todos los montos retenidos a la actora por concepto del crédito social N° 025CON103024141, institución que a su vez deberá deducir del saldo insoluto de la deuda social, los montos que en cumplimiento del presente fallo le sean enterados, considerando únicamente una cuota mensual de $59.726, dado que los intereses, reajustes y gastos de cobranza generados por el no entero oportuno de las sumas retenidas, no le resultan imputables a la recurrente, sino a la Corporación Municipal recurrida. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-3642-2025.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, diecisiete de febrero de dos mil veintiséis. A folio N° 33: A lo principal y al primer otrosí: Téngase presente. Al segundo otrosí: A sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece María Fabiola Lagos Cuevas, abogada, en representación de Constanza Catalina Farías Becerra, técnico en párvulos, para interponer recurso de protección en contra de la Caja de Compens

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