SIN INFORMACION

GUZMAN/SERVICIO NACIONAL_DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

16 de febrero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Ysnardo José Guzmán Ojeda, en favor de doña Cristal Joanna Orias Matos, de nacionalidad venezolana, quien interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N°2500100203646, de fecha 17 de octubre de 2025, mediante la cual se rechazó la solicitud de residencia temporal de la amparada y se dispuso su abandono del país en el plazo de 30 días. Actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que vulnera los derechos fundamentales consagrados en el artículo 19, numerales 1°, 2°, 3° inciso quinto y 7° de la Constitución Política de la República. Expone que la actora ingresó a Chile de manera regular el 25 de marzo de 2019, por el paso fronterizo Chacalluta, con un permiso de permanencia transitoria de 90 días. Señala que, vencido dicho plazo, la afectada decidió permanecer en el país atendida la crisis social, política y económica imperante en Venezuela. Agrega que, posteriormente, el Servicio Nacional de Migraciones le otorgó residencia temporal, emitiéndose su cédula de identidad con fecha de vencimiento el 19 de agosto de 2023, y que el 14 de agosto de 2023 postuló oportunamente a una prórroga de dicha residencia, conforme al artículo 37 de la Ley N°21.325. Explica que, con fecha 17 de octubre de 2025, la autoridad migratoria rechazó su solicitud y dispuso su abandono del país. Destaca que la protegida lleva más de seis años ininterrumpidos residiendo en Chile, no registra antecedentes penales, cuenta con contrato de trabajo indefinido y afiliación al sistema previsional chileno, y tiene dos hijas: una menor de edad inserta en el sistema escolar chileno y otra mayor de edad con residencia definitiva en el país. Sostiene que la resolución impugnada adolece de falta de motivación, infringiendo los artículos 11 inciso segundo, 16 y 41 de la Ley N°19.880, que exigen que todo acto administrativo que afecte derechos de particulares sea debidamente fund

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de Cristal Joanna Orias Matos, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-24614-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de febrero de dos mil veintiséis. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Ysnardo José Guzmán Ojeda, en favor de doña Cristal Joanna Orias Matos, de nacionalidad venezolana, quien interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N°2500100203646, de fecha 17 de octubre de 2025,

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