MP C/ CRISTIAN BAYRON QUINTRIQUEO RAMÍREZ Y DYLAN JUSTIN CONTRERAS RIVEROS. (RECURSO INCORPORADO A LA TABLA DE HOY DE ACUERDO A LEY N° 20.253)
Rol
Fecha
16 de febrero de 2026
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que, del mérito de los antecedentes vertidos por los intervinientes en la audiencia, aparece que, en este estadio procesal, por ahora, se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto del delito por el que fueron formalizados los imputados. En efecto, si bien la defensa cuestiona la letra b) respecto de los imputados Quintriqueo y Contreras, al señalar que la droga incautada pertenecía a un tercer imputado privado de libertad, ello no se encuentra suficientemente acreditado a la fecha si se tiene presente que existe la declaración del funcionario policial que participó en la detención de dichos imputados y que refirió que Dylan Contreras fue quien intentó darse a la fuga y que luego de ser aprehendido hace referencia a la existencia de la caja en la cual se incautó la droga, ello unido a que la calidad de taxista alegada respecto del imputado Quintriqueo resulta contradictorio con su vehículo que no tiene los colores oficiales y tampoco cuenta con la licencia exigida para ello. Asimismo, se estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en relación con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada,
Fundamentos
considerando la naturaleza y gravedad del delito, cantidad de droga incautada, forma de comisión, pena probable y modalidad de cumplimiento, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador procesal penal a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal.
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 140 a 155 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de quince de febrero de dos mil veintiséis, dictada por 12° Juzgado de Garantía de Santiago, que no dio lugar a la solicitud del Ministerio Público de decretar la prisión preventiva y se declara que se decreta la prisión preventiva de Cristian Bayron Quintriqueo Ramírez y Dylan Justin Contreras Riveros por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese vía interconexión. N° 512-2026 Penal.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, dieciséis de febrero de dos mil veintiséis. Sala: Tercera Rol Corte: Penal-512-2026 Ruc: 2600232772-3 Rit: 743-2026 12° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Relator: Javiera González Arenas Caratulado: MP.C/ CRISTIAN BAYRON QUINTRIQUEO RAMÍREZ Y DYLAN JUSTIN CONTRERAS RIVEROS. (RECURSO INCORPORADO A LA TABLA DE HOY DE ACUERDO A LEY N° 20.253) Tipo de Recurso: Penal-cautelar personal. Escr
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