C/ ANDREA DEYANIRA OLIVARES CASTILLO
Rol
Fecha
16 de febrero de 2026
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: PRIMERO En estos antecedentes Rol I. Corte Penal N° 6479-2025, RUC 2501706159-6, RIT Ordinaria N° 6176-2025, del 13° Juzgado de Garantía de Santiago, seguidos: en contra de doña Andrea Deyanira Olivares Castillo y don Henry Antonio Rodríguez Páez, formalizados como autores de los delitos consumados de tráfico de pequeñas cantidades de droga y de diversos ilícitos vinculados a armas y municiones, el Ministerio Público, por intermedio del Fiscal Adjunto don Ezio Braghetto Aránguiz, dedujo recurso de apelación en contra de la resolución de veintiocho de noviembre de dos mil veinticinco, que declaró ilegal la detención de ambos imputados, en el marco de la audiencia de control de detención, solicitando se revoque dicha decisión, se declare que la detención se ajustó a derecho y, consecuencialmente, se habilite el debate y resolución de la medida cautelar de prisión preventiva que, por esa declaración, no fue concedida por el tribunal de base. Elevados los antecedentes, se trajeron los autos en relación y se oyeron los intervinientes en la vista de la causa. SEGUNDO: Que la resolución recurrida estimó que no se satisfacía el estándar exigible para el ingreso a un lugar cerrado sin autorización judicial, aludiendo a la ausencia de un registro verificable del supuesto llamado de auxilio que habría motivado la concurrencia policial, a la falta de claridad sobre las circunstancias de recepción de dicha comunicación, y a la insuficiencia de indicios para justificar, luego, el control de identidad y el registro de la mochila y de dependencias interiores, concluyendo que el procedimiento sería espurio y que, por consiguiente, la detención no se ajustó a derecho. TERCERO: Que el Ministerio Público, en lo sustancial, ha sostenido que Carabineros concurrió al inmueble por un aviso de auxilio que reportaba riesgo vital; que al llegar al lugar se abrió el portón eléctrico desde el interior, lo que razonablemente fue entendido por los funcionarios como una autorización de
Fallo
se declara que la detención de doña Andrea Deyanira Olivares Castillo y don Henry Antonio Rodríguez Páez SE AJUSTÓ A DERECHO y, en consecuencia, se decreta la medida cautelar de prisión preventiva. Regístrese, comuníquese y devuélvase la competencia. Rol I. Corte Penal N° 6479-2025. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Texto Completo (Preview)
CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, dieciséis de febrero de dos mil veintiséis. Sala: Sexta Rol Corte: Penal-6479-2025 Ruc: 2501706159-6 Rit : O-6176-2025 Juzgado: 13º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: el Ministro señor Jaime Balmaceda Errazuriz, el Ministro (S) señor Mauricio Rettig Espinoza y el Abogado Integrante señor Manuel Domingo Antonio Luna Abarza Relator: Elizabeth Leiva
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