JUZGADO DE GARANTIA DE TEMUCO

MP C/ YORHT MAYKEL JIMENEZ MOLINA

Rol

Fecha

16 de febrero de 2026

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto en los intervinientes en audiencia, teniendo presente que la causal de revocación del artículo 27 de la ley 18.216, como todos sabemos, opera de pleno derecho y en autos se encuentra claramente justificada, que respecto de la falta de inicio de la pena sustitutiva, que ha sido alegado por la defensora, invariablemente se ha sostenido que el inicio del cumplimiento no queda en ningún caso al arbitrio o la mera voluntad del condenado y por último, en relación a la media prescripción, aun cuando también se comparte el criterio del Juez A Quo, este no fue objeto del recurso de apelación, SE CONFIRMA la resolución de fecha uno de diciembre de dos mil veinticinco, del Juzgado de Garantía de Temuco, que revocó las penas sustitutivas concedidas en las causas RIT 185-2015, 1139-2020 y 7306-2014 respecto del sentenciado YORHT MAYKEL JIMÉNEZ MOLINA. Devuélvase. Rol N° Penal-1671-2025 (pvb).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco. Temuco, dieciséis de febrero de dos mil veintiséis. A lo principal y otrosí de la presentación de folio 7 y a lo principal, primer y segundo otrosí de la presentación de folio 8: téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto en los intervinientes en audiencia, teniendo presente que la causal de revocación del artículo 27 de la ley 18.216, como todos

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica