SCHIAPPACASSE/JUEZA DEL PRIMER JUZGADO DE LETRAS DE LA SERENA
Rol
Fecha
16 de febrero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece el abogado Efraín Villalobos Aranda, en representación de don LUIGI ITALO SCHIAPPACASSE ÁLVAREZ, demandante en juicio sumario de terminación de contrato de arrendamiento, caratulado “SCHIAPPACASSE/COLLADO”, causa Rol C-1097-2025, del Primer Juzgado de Letras de La Serena, interponiendo falso recurso de hecho en contra de la resolución de veintisiete de octubre de dos mil veinticinco, en virtud de la cual se concedió en ambos efectos el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en contra de la sentencia definitiva. Señala que por sentencia definitiva de 09 de octubre de 2025 se acogió la demanda de terminación de contrato de arrendamiento, rechazando a su vez la demanda reconvencional y condenando en costas a la parte demandada. Sin embargo, alega que, por resolución de 27 de octubre de 2025, el tribunal de primera instancia concedió en ambos efectos el recurso de apelación presentado por la parte demandada con el fallo; lo que sostiene no se ajusta a derecho, por cuanto el artículo 8 N°9 de la Ley N°18.101 señala que todas las apelaciones se concederán en el solo efecto devolutivo. Por lo anterior, solicita acoger el falso recurso de hecho y declarar que se concede el recurso de apelación contra la sentencia definitiva en el sólo efecto devolutivo, ordenando la devolución del expediente (sic), con costas. SEGUNDO: Que, de los autos tenidos a la vista Rol C-1097-2025 del Primer Juzgado de Letras de La Serena, consta que la parte demandada, mediante presentación de 25 de octubre de 2025, interpuso recurso de apelación contra la sentencia definitiva de 09 de octubre del mismo año, por la cual se acogió la demanda de terminación de contrato de arrendamiento y, por otra parte, se rechazó la demanda reconvencional, con costas. Asimismo, consta que el tribunal de primera instancia, mediante resolución de 27 de octubre de 2025, concedió al recurso de apelación en los siguientes términos: “Por interpuesto
Fallo
fallo y durante su tramitación, no se podrá conceder orden de no innovar”. De esta manera, existiendo norma especial que regula los efectos del recurso de apelación que se interpone en los juicios sobre la Ley N°18.101, ella desplaza la aplicación de la regla general del juicio sumario contenida en el artículo 691 del Código de Procedimiento Civil, motivo por el cual la resolución impugnada no ajusta a derecho, debiendo en consecuencia acogerse el presente recurso. Por estas consideraciones, y de conformidad además con lo prescrito en el artículo 196 y 203 del Código de Procedimiento Civil, SE ACOGE el falso recurso de hecho interpuesto por el abogado Efraín Villalobos Aranda, en contra de la resolución de veintisiete de octubre de dos mil veinticinco, dictada en los autos Rol C-1097-2025, del Primer Juzgado de Letras de La Serena y, en consecuencia, se declara que el recurso de apelación presentado contra la sentencia definitiva de nueve de octubre de dos mil veinticinco se concede en el solo efecto devolutivo. Déjese copia de lo resuelto en causa Rol N°1894-2025 de esta Corte. Comuníquese lo resuelto. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol 1854-2025 Civil.
Texto Completo (Preview)
Schiappacasse Álvarez, Luigi Italo 1º Juzgado de Letras de La Serena Recurso de hecho (falso) Rol Nº1854-2025 Civil. La Serena, dieciséis de febrero de dos mil veintiséis. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece el abogado Efraín Villalobos Aranda, en representación de don LUIGI ITALO SCHIAPPACASSE ÁLVAREZ, demandante en juicio sumario de terminación de contrato de arrendamiento, car
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica