NIGEL PATRICK DAY/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
16 de febrero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Fernanda Turatiz Jorge, abogada, quien interpone recurso de amparo en favor de Nigel Patrick Day, de nacionalidad británica, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N°24326557, de 4 de julio de 2024, mediante la cual se rechazó su solicitud de residencia temporal y se dispuso la prohibición de ingreso al territorio nacional por el plazo de cinco años. Actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que se funda exclusivamente en una condena penal cumplida en el Reino Unido, sin ponderar debidamente su contexto familiar y humanitario, vulnerando con ello su derecho a la libertad personal y seguridad individual, consagrado en el artículo 19 N°7 letra a) de la Constitución Política de la República, por lo que solicita se deje sin efecto la prohibición de ingreso y se restablezca el imperio del derecho Expone que el amparado mantuvo ingresos y egresos regulares al país entre los años 2021 y 2024, abandonando voluntariamente el territorio nacional el 22 de mayo de 2024, antes de la dictación del acto impugnado, lo que demostraría su sujeción a la normativa migratoria. Señala que la resolución recurrida se fundó en el artículo 33 N°2 de la Ley N°21.325, por registrar una condena por el delito de agresiones en el Reino Unido, la cual se encuentra íntegramente cumplida, sin procesos pendientes. Indica que la medida resulta desproporcionada y omite ponderar su vínculo matrimonial con residente en Chile y la grave situación de salud de sus suegros, adultos mayores con dependencia severa. Alega que la acción es procedente como amparo preventivo conforme al artículo 21 de la Constitución, por constituir la prohibición una amenaza actual a su libertad ambulatoria. Sostiene que se vulnera el principio non bis in idem al imponerse una sanción adicional por un hecho ya sancionado, así como el principio de proporcionalidad y el deber de motivación previsto en los artículos 11 y 41 de l
Fallo
Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se declare la ilegalidad y arbitrariedad de la Resolución Exenta N°24326557, dejando sin efecto la prohibición de ingreso impuesta y removiendo el impedimento que afecta su derecho a ingresar al territorio nacional. Para acreditar sus alegaciones, la parte recurrente incorporó al proceso los siguientes instrumentos: 1) copia de la Resolución Exenta N°24326557, de fecha 4 de julio de 2024, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones; 2) certificados médicos de doña María Angélica Rojas Espinoza y de don Emilio Raúl Ramírez Lucero; 3) certificado de antecedentes penales del amparado; 4) documento de identificación de don Nigel Patrick Day; y 5) certificado de matrimonio. Segundo: Que doña Natacha Aylin Arancibia Riquelme, abogada del Servicio Nacional de Migraciones, al evacuar informe, solicitó el rechazo íntegro de la acción constitucional de amparo, sosteniendo que no ha existido, ni existe, acto u omisión ilegal o arbitrario imputable a la recurrida que vulnere garantías constitucionales, atendido que la Resolución Exenta N°24326557, de 4 de julio de 2024, fue dictada dentro de la esfera de sus atribuciones y conforme a la normativa migratoria aplicable. Indica que el amparado solicitó residencia temporal fuera de Chile el 10 de enero de 2023 y que, a través de certificado consular, se informó la existencia de antecedentes negativos en su país de origen. Refiere que el solicitante no acompañó
Texto Completo (Preview)
San Miguel, dieciséis de febrero de dos mil veintiséis. Al folio 10: A lo principal, primer y tercer otrosí, téngase presente; al segundo otrosí, a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Fernanda Turatiz Jorge, abogada, quien interpone recurso de amparo en favor de Nigel Patrick Day, de nacionalidad británica, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por habe
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