9º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP C/ ALONDRA MINERVA CORNEJO GARCIA

Rol

Fecha

16 de febrero de 2026

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Que los antecedentes invocados por el Ministerio Público permiten tener por cumplida la exigencia de la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto de ambos imputados, en tanto se desprenden de los mismos presunciones fundadas para estimar que a Teresa del Carmen Oliva Domínguez y Matías Ignacio Castro Basáez les ha cabido participación en el delito de robo con intimidación por el cual se formalizó la investigación en calidad de coautores. Asimismo, se estiman concurrentes en el caso de la especie diversas circunstancias que de acuerdo a los incisos tercero y cuarto de la letra c) del citado artículo 140 permiten concluir que la libertad de Oliva Domínguez y Matías Ignacio Castro Basáez constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, como son la gravedad del hecho, la gravedad de la pena asignada por la ley al mismo, en tanto esa pena, en abstracto, es una de crimen, el hecho de haber actuado en grupo y, al menos en relación al segundo, su reiterada actividad delictiva en delitos de la misma especie y su reprochable conducta anterior. En tales condiciones, la prisión preventiva resulta ser la medida cautelar adecuada para asegurar los fines del procedimiento, debiendo por tanto mantenerse la resolución del tribunal de primer grado. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 149 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de ocho de febrero en curso, dictada por el Sexto Juzgado de Garantía de Santiago en la causa RIT N° 596-2026, que decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto de los imputados Teresa del Carmen Oliva Domínguez y Matías Ignacio Castro Basáez. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo. N° 816-2026. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Fallo

por tanto mantenerse la resolución del tribunal de primer grado. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 149 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de ocho de febrero en curso, dictada por el Sexto Juzgado de Garantía de Santiago en la causa RIT N° 596-2026, que decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto de los imputados Teresa del Carmen Oliva Domínguez y Matías Ignacio Castro Basáez. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo. N° 816-2026. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, dieciséis de febrero de dos mil veintiséis. Sala: Sexta Rol Corte: Penal-827-2026 Ruc: 2501609069-K Rit : O-10512-2025 Juzgado: 9º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: el Ministro señor Jaime Balmaceda Errazuriz, el Ministro (S) señor Mauricio Rettig Espinoza y el Abogado Integrante señor Manuel Domingo Antonio Luna Abarza Relator: Elizabeth Leiva G

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica