ANONIMIZADO
Rol
Fecha
16 de febrero de 2026
Materia
ARTÍCULO 8 BIS CT
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Que atendido los términos en que las partes fijaron la controversia, lo cierto es que la interlocutoria de prueba recoge adecuadamente la discusión, de manera tal que corresponde mantener la decisión de primera instancia. Y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 140 del Código Tributario, se confirma la resolución apelada de uno de octubre de dos mil veinticinco, dictada por el Primer Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago en causa RIT Nro. NUM000. Devuélvase. Rol Corte Nro. 726-2025 (Tributario)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de febrero de dos mil veintiséis. Vistos: Que atendido los términos en que las partes fijaron la controversia, lo cierto es que la interlocutoria de prueba recoge adecuadamente la discusión, de manera tal que corresponde mantener la decisión de primera instancia. Y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 140 del Código Tributario, se confirma la resolució
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