MP C/ JARLON YESSID BENITEZ GOMEZ
Rol
Fecha
16 de febrero de 2026
Materia
VIOLACION DE MORADA. ART.144
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: 1°) Que, atendido el mérito del registro de audio, lo expuesto por los intervinientes, y lo señalado en el recurso de apelación interpuesto por la defensa, aparecen cuestionadas las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. 2°) Que, este tribunal de alzada comparte los argumentos dados por el tribunal a quo, toda vez que los antecedentes expuestos por el Ministerio Público, tanto en la audiencia de formalización como en estrados, resultan suficientes para justificar el presupuesto material de los delitos por los cuales fue formalizado, y por ello, las alegaciones de la defensa sobre estos puntos serán descartadas. 3°) Que, en lo pertinente a la necesidad de cautela,
Fundamentos
considerando el bien jurídico protegido y que ha sido condenado previamente por delitos en contexto de violencia intrafamiliar en contra de la misma víctima, la medida cautelar de prisión preventiva, aparece como proporcional a los delitos por los cuales fue formalizado el imputado. Conforme lo señalado y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 139, 149, 358 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada por el juez del juzgado de letras y garantía de Caldera, don Rodrigo Barraza Ríos, en audiencia de 04 de febrero pasado, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Jarlon Yessid Benitez Gómez, por resultar su libertad peligrosa para la seguridad de la víctima. Al folio 3. Téngase presente. Al folio 4. A lo principal, téngase presente. Al otrosí, como se pide. Regístrese y devuélvase. Rol Penal Corte 78-2026.
Texto Completo (Preview)
Fecha: Dieciséis de febrero de dos mil veintiséis. Sala: Primera. Rol Corte: Penal-78-2026. Ruc N°: 2600174133-K Rit N°: 93 - 2026 Tribunal: Juzgado de Letras y Garantía de Caldera. Ministros: Ministro señor Pablo Krumm de Almozara, ministra señora Aída Osses Herrera y ministra señora Erika Villegas Pavlich. Relator: Walter Pavez Cortés Abogada Asesor MP: Defensor Penal Público: Violeta Villa
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