MP/CAMILO JAVIER CORNEJO AYALA
Rol
Fecha
14 de febrero de 2026
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: 1° Que, en la presente causa corresponde conocer el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Rengo, que no dio lugar a la medida cautelar de prisión preventiva solicitada respecto del imputado Camilo Javier Cornejo Ayala, disponiendo en su lugar cautelares del artículo 155 letras a) y d) del Código Procesal Penal y del artículo 9 letra b) la Ley 20.066. 2° Que, para resolver la materia en alzada debe tenerse presente que al imputado se le atribuyó participación en un delito de amenazas y un ilícito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, centrándose el debate en la necesidad de cautela establecida en la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, puntualmente la de peligro para la seguridad de la víctima. 3° Que, en este contexto, conforme a la naturaleza de la materia ventilada en la presente causa,
Fundamentos
considerando que concurren varios de los distintos factores de riesgo que contempla el legislador, como son la dinámica de los hechos de la formalización, las reiteradas oportunidades en que el imputado concurrió -en un corto espacio de tiempo- al domicilio de la víctima accediendo mediante escalamiento, ejerciendo violencia e intimidación, premunido de un arma blanca ocasionando lesiones a la víctima, son todas circunstancias que configuran un riesgo inminente de conformidad al artículo 33 de la Ley 21.675 y, por ende, permiten establecer los presupuestos de la letra c) del artículo 140 del Código del ramo, por cuanto la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de las víctima, lo que fuerza revocar la resolución en alzada, a fin de imponer la medida cautelar de prisión preventiva, toda vez que otras cautelares se estiman -por ahora- insuficientes atendido los antecedentes ya referidos. Por lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 149, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de diez de febrero de dos mil veintiséis, dictada en causa RIT 584-2026, por el Juzgado de Garantía de Rengo, que rechazó decretar la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Camilo Javier Cornejo Ayala, y en su lugar
Fallo
se resuelve que se impone dicha medida cautelar por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la víctima. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 151-2026-Penal.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, catorce de febrero de dos mil veintiséis. Vistos: 1° Que, en la presente causa corresponde conocer el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Rengo, que no dio lugar a la medida cautelar de prisión preventiva solicitada respecto del imputado Camilo Javier Cornejo Ayala, disponiendo en su
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