MP C/ EDWIN JOSE ALVITES VASQUEZ
Rol
Fecha
14 de febrero de 2026
Materia
VIOLACION DE MORADA. ART.144
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado y el allanamiento del Ministerio Público, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de seis de febrero de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, en cuanto decretó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Edwin José Alvites Vásquez y, en su lugar, se decreta respecto de éste las siguientes medidas cautelares dispuestas en el artículo 155 del Código Procesal Penal: a) La prohibición de acercarse a la víctima Pía Herrera Herrera, a su domicilio, lugar de trabajo o estudio y a cualquier lugar en que ésta se encuentre; b) La obligación de fijar domicilio y comunicar cualquier cambio del mismo al tribunal; Dese orden de libertad inmediata, si no estuviere privado de ella por otra causa. Comuníquese la libertad inmediatamente por correo electrónico y por vía telefónica. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N°Penal-388-2026.
Texto Completo (Preview)
Dgm. C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a catorce de febrero de dos mil veintiséis, se da inicio a esta audiencia a las 12:04 horas, ante la Cuarta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por el Ministro señor Pedro García Muñoz, e integrada por los Ministros Suplentes señor Germán Núñez Romero y señor César Torres Mesías, para la vista del recurs
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