MP C/ JEAN PAUL SHIPLEY SEPULVEDA
Rol
Fecha
13 de febrero de 2026
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Que, en este proceso, Rol Ingreso Corte 3-2026, la defensa del acusado Jean Paul Shipley Sepúlveda, interpuso recurso de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Penal de Rancagua, con fecha tres de noviembre de dos mil veinticinco, en los autos RUC 2401121469-6, RIT 496-2025, que resolviera condenarlo a la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio, accesorias legales del artículo 28 del Código Penal, esto es, la de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos e inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como coautor de un delito de robo con violencia calificado, en grado de ejecución consumado, previsto y sancionado en el artículo 433 N°3 del Código Penal, cometido en perjuicio de la víctima de iniciales C.A.S.I., en la comuna de Rancagua, con fecha 22 de septiembre de 2024; y a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, multa equivalente al valor de tasación del vehículo ($651.180), accesorias legales del artículo 29 del Código Penal, esto es, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como coautor de un delito de receptación de vehículos motorizados, ilícito previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, cometido con fecha 23 de septiembre de 2024, en la comuna de Rancagua. Declarado admisible el recurso, se procedió a su vista en audiencia de veintitrés de enero de dos mil veintiséis, con la comparecencia de la defensa y del Ministerio Público, quedando la causa en estado de acuerdo. Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que, la defensa fundó su arbitrio originalmente en la causal prevista en el artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, en relación con lo preceptuado en los artículos 5 inciso segundo, 6, 7 y 19 N°7 de la Constitución Política, artículos 1 y 4 de la Ley N°19.640, los artículos 8 letra f) y 11 N°2 de la Convención Americana de Derechos Humanos y 17 del Pacto Interamericano de Derechos Civiles y Políticos. Sin embargo, dicho motivo de nulidad fue reconducido por la Excma. Corte Suprema al estimar que, en la forma planteada, podría constituir un reclamo amplio relativo a los derechos y facultades de la defensa, propio de la causal del artículo 374 letra c) del Código Procesal Penal. Así las cosas, la defensa sostiene que el
Fallo
fallo impugnado vulneró garantías constitucionales y convencionales, especialmente el debido proceso, el derecho a defensa -en relación con el derecho a controlar la prueba de cargo e interrogar a testigos- y el principio de inmediación. Reclama que las garantías vulneradas exigen que la prueba que fundamente una sentencia condenatoria sea conocida por la defensa, susceptible de contradicción y rendida directamente ante el tribunal, de manera que pueda ser sometida a examen mediante la herramienta del contrainterrogatorio. Afirma que, en la especie, los sentenciadores tuvieron por acreditada la participación del acusado en el hecho N°3 de la acusación -robo con violencia- basándose de manera determinante en información atribuida a un testigo anónimo o reservado que no compareció al juicio oral, cuya identidad no fue revelada, y cuya declaración no constaba en la carpeta investigativa ni fue ofrecida como medio de prueba. Señala que el contenido de dicha declaración fue incorporado de manera indirecta al juicio por medio del testimonio de un funcionario policial que no la recibió personalmente, constituyendo una mera referencia de oídas, lo que habría impedido a la defensa conocer íntegramente el antecedente, preparar adecuadamente su estrategia y ejercer el correspondiente contrainterrogatorio. Añade que dicho testigo habría sido el único que situó al acusado descendiendo del vehículo vinculado al delito, realizando además un reconocimiento fotográfico, antecedentes que -
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Rancagua, a trece de febrero de dos mil veintiséis. VISTOS: Que, en este proceso, Rol Ingreso Corte 3-2026, la defensa del acusado Jean Paul Shipley Sepúlveda, interpuso recurso de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Penal de Rancagua, con fecha tres de noviembre de dos mil veinticinco, en los autos RUC 2401121469-6, RIT 496-2025, que resolviera condenarlo a la pe
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