MILES/CAMUS
Rol
Fecha
13 de febrero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Hans Miles Vega, abogado de la parte demandante en causa sobre demanda de indemnización de perjuicios por accidente laboral, RIT O-248-2024, tramitada ante el Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 12 de noviembre de 2025 que denegó por improcedente su apelación interpuesta en contra de la resolución de 28 de octubre de 2025 que acogió la excepción de prescripción opuesta por la demandada. Manifiesta, en lo pertinente, que el recurso de apelación debió ser concedido pues la resolución recurrida tendría la naturaleza de sentencia interlocutoria, lo que la haría susceptible del recurso conforme al artículo 187 del Código de Procedimiento Civil, a lo que se añadiría que los artículos 432, 453 N°1 inciso 6° y 476 del Código del Trabajo permitirían sostener, asimismo, la procedencia del recurso interpuesto. Solicita, en definitiva, acoger el recurso de hecho y declarar que la apelación interpuesta es admisible. SEGUNDO: Que, informando el Juez del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena, Rodrigo Díaz Figueroa, expuso en lo pertinente al recurso, que la apelación fue denegada pues ella se interpuso en contra de la sentencia definitiva, la que, en efecto, se pronuncia respecto de la excepción de prescripción opuesta por el demandado, sin que el hecho de resolver respecto de aquella defensa haga variar la naturaleza jurídica de la sentencia como pretende el recurrente, de manera que a su respecto solo sería procedente el recurso de nulidad conforme a lo prescrito en los artículos 476 y 477 del Código del Trabajo. TERCERO: Que, examinado el expediente de la causa en que incide el presente recurso se puede constatar que, tal como se indica en el informe del tribunal a quo, el recurso de apelación se deduce respecto de la sentencia definitiva dictada en la causa tras la realización de audiencia de juicio y habiéndose dejado para esa oportunidad la resolución de la excepción de prescripción opuesta por la demandada. A ese respecto, aun cuando pueda sostenerse que la resolución que acoge una excepción de prescripción reviste naturaleza de sentencia interlocutoria conforme a la denominación utilizada por el artículo 158 del Código de Procedimiento Civil y que ello sería coherente con la posibilidad de interponer a su respecto recurso de apelación como expresamente lo permite el artículo 453 N°1 inciso sexto del Código del Trabajo, desde el momento en que el juez constata en audiencia preparatoria que el
Fallo
fallo de esa excepción no puede “fundarse en antecedentes que consten en el proceso o que sean de pública notoriedad” en los términos del artículo 453 N°1 inciso 4 del Código del Trabajo, haciendo necesario el despliegue de actividad probatoria respecto a los presupuestos de esa defensa y dejar, por lo tanto, la resolución del asunto para sentencia definitiva, la decisión que en último término se dicte sobre el particular pasará a formar parte de la sentencia definitiva, de forma tal que solo cabe compartir la tesis del tribunal a quo en cuanto a que resulta aplicable a su respecto lo dispuesto en el artículo 477 del Código del Trabajo en tanto dispone que “tratándose de las sentencias definitivas, sólo será procedente el recurso de nulidad”. Finalmente, abona la determinación de rechazar este arbitrio la circunstancia de haber interpuesto el demandante recurso de nulidad en contra del fallo pronunciado en la causa, medio de impugnación que incluso consta fue declarado admisible y se encuentra pendiente de resolución en la causa Rol N°384-2024, lo que devela que éste igualmente califica la resolución como una sentencia definitiva y permite sostener que no experimenta perjuicio por la denegación de su apelación, pues la decisión cuestionada será igualmente revisada por un tribunal superior a través de la vía procesal correspondiente. Por estas consideraciones, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 203 y 204 ambos del Código de Procedimiento Civil, se RECHAZA el recu
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Miles Vega, Hans Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena Recurso de hecho Rol N°376-2025 (Laboral-Cobranza).- La Serena, trece de febrero de dos mil veintiséis. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Hans Miles Vega, abogado de la parte demandante en causa sobre demanda de indemnización de perjuicios por accidente laboral, RIT O-248-2024, tramitada ante el Juzgado de Letras del Trabajo
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