SIN INFORMACION

FAITO MILLAHUAL IVÁN ISAAC/MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS (CRC)

Rol

Fecha

13 de febrero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 07 de febrero de 2026, comparece el abogado don Iván Alejandro Vodanovic Del Solar, en representación de don Iván Isaac Faito Millahual, quien deduce recurso de amparo en contra del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, don Ernesto Muñoz Lamartine, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en la dictación del Decreto Exento N° 4095 de fecha 29 de diciembre de 2025, mediante el cual se rechaza la reducción de condena de la Ley N° 19.856 al amparado por aplicar una ley posterior, a saber, la ley N° 21.421, vulnerando de esta forma la libertad personal y la seguridad individual consagradas en el artículo 21 y el artículo 19 N° 7 letra b) de la Constitución Política de la República. Menciona como antecedentes de su recurso que el amparado fue condenado a doce años de presidio mayor en su grado medio por delitos de abuso sexual reiterado y violación. Señala que su representado ha mantenido una conducta sobresaliente, y que tras un fallo de la Excelentísima Corte Suprema de fecha 12 de diciembre de 2025 (Rol N° 53.742-2025), se ordenó a la Comisión de Rebaja de Condena examinar los requisitos conforme a la ley vigente al momento de la condena, respetando el principio de irretroactividad. Agrega que, en cumplimiento de dicho fallo, la Comisión reconoció la reducción de condena el 07 de enero de 2026, fijando el cumplimiento para el 23 de diciembre de 2025. Sin embargo, expone que la autoridad recurrida emitió el Decreto Exento N° 4095 rechazando el beneficio, aplicando retroactivamente la Ley N° 21.421, que excluye delitos sexuales contra menores de edad, lo cual considera un agravamiento de la pena y una vulneración al principio de irretroactividad de la ley penal desfavorable. Cita, para respaldar su acción, las normas contenidas en el artículo 21 y 19 N° 3 inciso séptimo y N° 7 letra b) de la Constitución Política de la República, el artículo 18 del Código Penal, y tratados internacionales sobre derech

Fallo

fallo de la Excelentísima Corte Suprema de fecha 12 de diciembre de 2025 (Rol N° 53.742-2025), se ordenó a la Comisión de Rebaja de Condena examinar los requisitos conforme a la ley vigente al momento de la condena, respetando el principio de irretroactividad. Agrega que, en cumplimiento de dicho fallo, la Comisión reconoció la reducción de condena el 07 de enero de 2026, fijando el cumplimiento para el 23 de diciembre de 2025. Sin embargo, expone que la autoridad recurrida emitió el Decreto Exento N° 4095 rechazando el beneficio, aplicando retroactivamente la Ley N° 21.421, que excluye delitos sexuales contra menores de edad, lo cual considera un agravamiento de la pena y una vulneración al principio de irretroactividad de la ley penal desfavorable. Cita, para respaldar su acción, las normas contenidas en el artículo 21 y 19 N° 3 inciso séptimo y N° 7 letra b) de la Constitución Política de la República, el artículo 18 del Código Penal, y tratados internacionales sobre derechos humanos relativos a la irretroactividad de la ley penal. Pide, en definitiva, que se acoja la acción constitucional, se deje sin efecto el Decreto Exento N° 4095 y se ordene dictar uno nuevo que otorgue el beneficio de reducción de condena a don Iván Isaac Faito Millahual, reconociendo la rebaja de 31 meses y fijando la fecha de término de condena para el 23 de diciembre de 2025. SEGUNDO: Que, con fecha 11 de febrero de 2026, comparece don Ernesto Muñoz Lamartine, Subsecretario de Justicia, en repr

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, trece de febrero de dos mil veintiséis. Al folio 9: a sus antecedentes. A los folios 11, 12 y 14: a todo, téngase presente. Al folio 13: a lo principal, téngase presente. Al otrosí, a sus antecedentes. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 07 de febrero de 2026, comparece el abogado don Iván Alejandro Vodanovic Del Solar, en representación de don Iván Isa

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