HERNÁNDEZ/FISCO DE CHILE- CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO-D.D.H.H.
Rol
Fecha
13 de febrero de 2026
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C
Resultado
CONFIRMA CON DECLARACIÓN
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Que como señalan los acápites primero y segundo del artículo 752 del Código de Procedimiento Civil: “Toda sentencia que condene al Fisco a cualquiera prestación, deberá cumplirse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha de recepción del oficio a que se refiere el inciso segundo, mediante decreto expedido a través del Ministerio respectivo. Ejecutoriada la sentencia, el tribunal remitirá oficio al ministerio que corresponda, adjuntando fotocopia o copia autorizada de la sentencia de primera y de segunda instancia, con certificado de estar ejecutoriada”. Ahora bien, habiéndose solicitado en la demanda que el monto que se otorgue por daño moral lo sea, además, con intereses, se dará lugar también a tal pretensión, ordenando que la suma que se condena pagar al Fisco, previamente reajustada de la forma en que se indica en el fallo que se revisa, devengará también intereses corrientes para operaciones reajustables los que se contabilizarán, eventualmente, desde que el deudor se constituya en mora de su pago. Por estas consideraciones, normas legales citadas y atendido, además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de fecha treinta de octubre del año dos mil veinticuatro, dictada por el 17° Juzgado Civil de esta ciudad, en los autos rol N° C-6.977-2023, con declaración que la suma que se condena pagar al Fisco de Chile a título de daño moral al actor Demetrio Hernández Mandiola asciende a la suma de sesenta millones de pesos ($60.000.000), más los reajustes de la forma en que indica el fallo de primer grado y que, dicha suma, así reajustada, devengará además intereses corrientes para operaciones reajustables, los que se contabilizarán desde que el deudor sea constituido en mora. Regístrese y devuélvase la competencia. Rol N° 20.092-2024.-
Fallo
fallo que se revisa, devengará también intereses corrientes para operaciones reajustables los que se contabilizarán, eventualmente, desde que el deudor se constituya en mora de su pago. Por estas consideraciones, normas legales citadas y atendido, además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de fecha treinta de octubre del año dos mil veinticuatro, dictada por el 17° Juzgado Civil de esta ciudad, en los autos rol N° C-6.977-2023, con declaración que la suma que se condena pagar al Fisco de Chile a título de daño moral al actor Demetrio Hernández Mandiola asciende a la suma de sesenta millones de pesos ($60.000.000), más los reajustes de la forma en que indica el fallo de primer grado y que, dicha suma, así reajustada, devengará además intereses corrientes para operaciones reajustables, los que se contabilizarán desde que el deudor sea constituido en mora. Regístrese y devuélvase la competencia. Rol N° 20.092-2024.-
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, trece de febrero de dos mil veintiséis A los folios 43 y 44, téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Que como señalan los acápites primero y segundo del artículo 752 del Código de Procedimiento Civil: “Toda sentencia que condene al Fisco a cualquiera prestación, deberá cumplirse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha de recepción del oficio a que se refie
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