ESPINOZA ROUMANTS XIMENA LUISA/CONDOMINIO LA PRADERA
Rol
Fecha
13 de febrero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 07 de febrero de 2025, comparece doña Ximena Luisa Espinoza Roumats, quien deduce recurso de protección en contra del Condominio La Pradera y Barrio Los Fresnos, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en la prohibición de ingreso y salida del condominio, la retención de sus bienes muebles y el hostigamiento por parte de guardias de seguridad motivado por una deuda de gastos comunes, vulnerando de esta forma las garantías consagradas en el artículo 19 N° 1, 4, 7 y 24 de la Constitución Política de la República. Menciona como antecedentes de su recurso que, los primeros días de de febrero de 2025, se le impidió retirar sus enseres desde el inmueble ubicado en el condominio recurrido, bajo el argumento de mantener una deuda por concepto de gastos comunes que asciende a la suma de $1.585.000. Relata que, a pesar de haber ofrecido un acuerdo de pago en cuotas, este fue rechazado por la administración, exigiéndosele el pago total para autorizar el retiro de sus cosas. Agrega que ha sido víctima de hostigamiento y violencia por parte del personal de seguridad y expuesto su situación de morosidad ante terceros, afectando su privacidad y libre tránsito. Cita, para respaldar su acción, las normas contenidas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, en relación con las garantías fundamentales que estimas conculcadas por el actuar de la recurrida, en específico los artículos 19 N°1 y 4. Pide, en definitiva, que se garantice su derecho a retirar sus pertenencias sin hostigamientos ni violencia, se adopten medidas contra quienes resulten responsables de los actos denunciados y se establezca una mediación para regularizar el pago de la deuda de gastos comunes en cuotas. SEGUNDO: Que, con fecha 13 de septiembre de 2025, comparece la abogada Cristina Soledad Flores Sepúlveda, en representación del Barrio Los Fresnos y del Condominio La Pradera, quien evacúa el informe respectivo, solicitando
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso de protección deducido por doña Ximena Luisa Espinoza Roumats en contra de Condominio La Pradera y Barrio Los Fresnos. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol N° Protección-2498-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, trece de febrero de dos mil veintiséis. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 07 de febrero de 2025, comparece doña Ximena Luisa Espinoza Roumats, quien deduce recurso de protección en contra del Condominio La Pradera y Barrio Los Fresnos, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en la prohibición de ingreso y salida del condominio, la retenci
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