SIN INFORMACION

LÓPEZ SAGAL SUSANA ALEJANDRA/SERRA MARTÍNEZ JAVIERA

Rol

Fecha

13 de febrero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: A folio 1, interpone mediante formulario recurso de protección Susana Alejandra López Zagal en contra de Javiera Fernanda Serra Martínez, debido en que enero de 2026, esta última incurrió en un acto arbitrario e ilegal consistente en la publicación en la red social Facebook de una imagen de la recurrente acompañada del título “patas negras”, aludiendo además a su condición de persona que padece depresión, con el evidente propósito de denigrar su honra e imagen frente a la comunidad, vulnerando con ello las garantías consagradas en el artículo 19 N°1 y N°4 de la Constitución Política de la República. La recurrente señala que tomó conocimiento de dicha publicación a través de un mensaje de WhatsApp enviado por su hermano Diego López Zagal, quien le informó que estaba siendo “funada” en redes sociales. Indica que la recurrida, quien es su cuñada, mantiene una conducta reiterada de hostigamiento en su contra, no siendo esta la primera vez que realiza publicaciones ofensivas, pues durante el año 2025 efectuó diversas publicaciones dañando su reputación y la de sus hijos, tratándola de “patas negras” pese a encontrarse soltera. Señala que estas acciones han sobrepasado todo límite, continuando incluso el viernes 16 de enero, generándole un profundo agobio emocional, al punto de verse obligada a ausentarse temporalmente al sur del país, tras lo cual el acoso persistió a su regreso. Agrega que la recurrida justificaría su actuar en supuestas rencillas familiares vinculadas a su hermano, quien junto a la recurrida consumirían sustancias ilícitas, situación que la recurrente conocía y respecto de la cual decidió no involucrarse. Solicita que se acoja el presente recurso, declarando que los actos denunciados son arbitrarios e ilegales, ordenando a la recurrida eliminar toda publicación ofensiva o denigratoria en redes sociales, abstenerse en lo sucesivo de efectuar actos de hostigamiento o funas en su contra y adoptar todas las medidas necesarias para restablecer el i

Fundamentos

considerando: Primero: Que el recurso de protección, establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción cautelar de urgencia destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales cuando éstas son afectadas por actos u omisiones arbitrarios o ilegales. Segundo: Que en autos se ha interpuesto recurso de protección denunciando como acto ilegal y arbitrario la realización de diversas publicaciones en la red social Facebook y en la vía pública, las que, según sostiene la recurrente, vulneraría su derecho a la honra, solicitando se adopten medidas para restablecer el imperio del derecho. Tercero: Que la recurrida, al evacuar el informe respectivo, solicitó el rechazo del recurso, negando la autoría de las publicaciones atribuidas y haciendo presente, además, la existencia de causas penales vigentes entre las partes. Cuarto: Que, la recurrida ha negado expresamente ser autora de los hechos denunciados, por lo que no existen hechos indubitados que permitan a esta Corte tomar medidas efectivas, existiendo además procedimientos penales pendientes entre las partes, lo que da cuenta de conflictos personales que exceden el ámbito de aplicación del recurso de protección. Quinto: Que, en consecuencia, no concurriendo los presupuestos necesarios para acoger la presente acción constitucional, el recurso será rechazado.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre tramitación del recurso de protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por doña Susana Alejandra López Zagal en contra de Javiera Fernanda Serra Martínez. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-486-2026.

Texto Completo (Preview)

Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, trece de febrero de dos mil veintiséis. Visto: A folio 1, interpone mediante formulario recurso de protección Susana Alejandra López Zagal en contra de Javiera Fernanda Serra Martínez, debido en que enero de 2026, esta última incurrió en un acto arbitrario e ilegal consistente en la publicación en la red social Facebook de una imagen de la recurrente acompañada

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