JUZGADO DE GARANTIA DE CONCEPCION

MINISTERIO PUBLICO C/ JEADEL DEL CARMEN BASTIAS VERDUGO

Rol

Fecha

13 de febrero de 2026

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1 .- Que la defensa de la imputada Jeadel del Carmen Bastías Verdugo se ha alzado en contra de la resolución dictada el 5 de febrero en curso, por el Juzgado de Garantía de Concepción, la que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva a su respecto, solicita se revoque dicha decisión y se sustituya por la medida de “arresto” domiciliario total (sic), prevista en el artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal, argumentando para ello, que la cautelar se ha transformado en una pena anticipada tras casi nueve meses de privación de libertad. Sostiene, además, que la encausada podría optar a penas sustitutivas de la Ley N° 18.216, dado que su condena previa del año 2019 no debería considerarse para efectos de reincidencia bajo los criterios de prescripción de la citada ley y reciente jurisprudencia de la Corte Suprema. La referida encartada se encuentra formalizada como autora del delito de tráfico de drogas en pequeñas cantidades, previsto en el artículo 4° de la Ley N° 20.000, en grado de desarrollo consumado. 2 .- Que, en cuanto a los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, estos no han sido objeto de controversia sustancial por los intervinientes. Los antecedentes elevados a esta Corte, dan cuenta de la existencia del hecho punible, consistente en el hallazgo de 64,8 gramos de cannabis sativa, 24,3 y 1,7 gramos de pasta base de cocaína, así como, la participación de la imputada en estos hechos, más aún cuando ella misma prestó declaración judicial reconociendo su intervención en los mismos. 3 .- Que, respecto a la necesidad de cautela, prevista en la letra c) del citado artículo 140, esta Corte debe ponderar si los antecedentes esgrimidos por la defensa constituyen elementos que hagan variar la situación procesal de la imputada, quien registra una condena anterior por un delito de la misma especie (tráfico en pequeñas cantidades) del año 2019, cumplida en el año 2021. Si

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PZC/cms C.A. de Concepción. Concepción, trece de febrero de dos mil veintiséis. VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1 .- Que la defensa de la imputada Jeadel del Carmen Bastías Verdugo se ha alzado en contra de la resolución dictada el 5 de febrero en curso, por el Juzgado de Garantía de Concepción, la que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva a su respecto, solicita se revoque dicha

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