SOCIEDAD CONCESIONARIA COSTANERA NORTE S.A. - CARRASCO ESCOBAR RODRIGO
Rol
Fecha
12 de febrero de 2026
Materia
SIN MATERIA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los
Fundamentos
fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo, los que, consecuentemente, se comparten.
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 18.287, se confirma la sentencia definitiva apelada de fecha diecisiete de abril de dos mil veinticinco escrita a fojas ciento dos y siguientes, en los autos rol N°1196-2024, tramitados ante el Segundo Juzgado de Policía Local de Maipú. Regístrese y devuélvase la competencia. N°Policia Local-3955-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, doce de febrero de dos mil veintiséis. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que
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