JUZGADO DE GARANTIA DE CONSTITUCION

ELVI ENRIQUE RAMIREZ PARRA C/ LUIS ALBERTO RIVERA RIVEROS

Rol

Fecha

12 de febrero de 2026

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

CONFIRMADA/COMUNICAR

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que concurrieron a esta audiencia, compartiendo lo razonado por la jueza a quo, y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de cuatro de febrero de dos mil veintiséis, inserta en la carpeta virtual RIT 1013-2025 del Juzgado de Garantía de Constitución, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Luis Alberto Rivera Riveros. Se previene que el abogado integrante Diego Palomo Vélez concurre a la confirmatoria, con la prevención que a la vista de los antecedentes, especialmente la fecha de los hechos formalizados, esto es, el mes de agosto de 2024, y la inexplicable actuación procesal del Ministerio público en aquella oportunidad, que no guarda relación alguna con una preocupación por la seguridad de la sociedad ni de la persona señalada como víctima, además de la gravedad del delito formalizado, de cambiar la causal de la cautelar ordenada por peligro de fuga, fijándose una caución suficiente al efecto. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-181-2026.

Texto Completo (Preview)

Talca, doce de febrero de dos mil veintiséis. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que concurrieron a esta audiencia, compartiendo lo razonado por la jueza a quo, y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de cuatro de febrero de dos mil veintiséis, i

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