SIN INFORMACION

SILVEYRA KAREN / SERVICO NACIONAL DE MIGRACIONES Y OTRO

Rol

Fecha

12 de febrero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que, a folio 1 se deduce recurso de protección en favor de Karen Abigail Silveyra, ciudadana argentina, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y de la Policía de Investigaciones de Chile (PDI). El acto impugnado consiste en la Resolución Exenta N° 25351543, de fecha 25 de junio de 2025, la cual declaró inadmisible la solicitud de residencia temporal de la recurrente por considerar que ingresó al país por paso no habilitado. La recurrente fundamenta su acción señalando que posee arraigo familiar en Chile, estando casada con un ciudadano chileno y siendo madre de un hijo de la misma nacionalidad. Explica que su supuesta declaración de ingreso clandestino ante el SERMIG fue fruto de un error y falta de información adecuada durante el proceso de empadronamiento de 2023, puesto que sus ingresos al país han sido realizados por pasos habilitados, lo que se encuentra acreditado en su pasaporte y tarjetas migratorias. Alega que el acto recurrido es ilegal y arbitrario, vulnerando su derecho a la igualdad ante la ley y el principio de reunificación familiar. Que, informando el Servicio Nacional de Migraciones, solicita el rechazo del recurso. Sostiene que la recurrente realizó una declaración voluntaria de ingreso clandestino el 14 de agosto de 2023. Argumenta que, al encontrarse en condición migratoria irregular, su solicitud de residencia es manifiestamente improcedente según lo dispuesto en el artículo 50 del Reglamento de la Ley N°21.325. Que, la Policía de Investigaciones de Chile evacuó su informe técnico. Indica que, tras revisar sus sistemas (GEPOL), consta que el último movimiento migratorio de la señora Silveyra es un ingreso al territorio nacional con fecha 2 de diciembre de 2024, por el Paso Los Libertadores, de manera regular. Asimismo, informa que la recurrente no registra antecedentes policiales ni requerimientos judiciales vigentes. Que, se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho ante actos u omisiones ilegales o arbitrarios que priven, perturben o amenacen el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales enumeradas en el artículo 20 de la Constitución Política. SEGUNDO: Que, el punto central de la controversia consiste en determinar si la resolución de inadmisibilidad dictada por el Servicio Nacional de Migraciones se ajusta a derecho o si, por el contrario, carece de sustento fáctico y vulnera garantías fundamentales, especialmente considerando la situación familiar de la recurrente. TERCERO: Que, de los antecedentes acompañados, consta fehacientemente que doña Karen Abigail Silveyra contrajo matrimonio con don Diego Manuel Contreras Hernández, chileno, con fecha 17 de abril de 2020. Asimismo, se acredita el nacimiento del hijo de ambos, Facundo Manuel Contreras Silveyra, de nacionalidad chilena, nacido el 16 de noviembre de 2020. Dicha documentación comprueba arraigo familiar en el territorio nacional. CUARTO: Que, respecto al supuesto ingreso clandestino que motivó el rechazo, el informe de la PDI es categórico al señalar que la recurrente registra un ingreso regular por paso habilitado en diciembre de 2024. Este antecedente desvirtúa la premisa fáctica del Servicio Nacional de Migraciones y demuestra que la autoridad migratoria no realizó un examen exhaustivo de los antecedentes antes de dictar la resolución de inadmisibilidad, basándose únicamente en un registro de autodenuncia que la recurrente atribuye a un error de comprensión. QUINTO: Que, la Ley N° 21.325, en su artículo 19 ° establece como uno de los derechos de los extranjeros el de la Reunificación Familiar, imponiendo al Estado el deber de promoverla. En este sentido, la decisión de inadmitir a trámite una solicitud de residencia sin considerar que la solicitante tiene a su cónyuge e hijo chileno en el país, resulta desproporcionada y arbitraria, máxime si su hijo de nacionalidad chilena e menor de edad. SEXTO: Que, rechazar de plano el permiso migratorio basándose en un error administrativo, ignorando los vínculos filiativos y matrimoniales legalmente constituidos, conculca el derecho de la recurrente a vivir con su familia, afectando la integridad del núcleo familiar que el Estado está obligado a proteger según el artículo 1° de la Constitución. En consecuencia, el acto recurrido deviene en ilegal al no ajustarse a los hechos reales constatados por la PDI y en arbitrario al carecer de una motivación racional que pondere el interés superior del niño y la unidad familiar.

Fallo

Por estas consideraciones, y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de Karen Abigail Silveyra, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, y en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 25351543, de fecha 25 de junio de 2025, dictada por el Servicio recurrido, ordenándose a este proceder a una nueva revisión y examen acucioso de los antecedentes de la recurrente, considerando especialmente su arraigo familiar y los registros de ingreso regular informados por la autoridad policial, debiendo dar continuidad al trámite de residencia temporal conforme a derecho, resolviendo sobre el fondo de la solicitud en un plazo no superior a 30 días corridos. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-4254-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, doce de febrero de dos mil veintiséis. VISTOS: Que, a folio 1 se deduce recurso de protección en favor de Karen Abigail Silveyra, ciudadana argentina, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y de la Policía de Investigaciones de Chile (PDI). El acto impugnado consiste en la Resolución Exenta N° 25351543, de fecha 25 de junio de 2025, la cual declaró inadmisib

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica