SIN INFORMACION

PADRON/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DE CHILE

Rol

Fecha

12 de febrero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

C.A. de Valdivia Valdivia, doce de febrero de dos mil veintiséis.  VISTOS, TENIENDO PRESENTE Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero. Comparece don Pablo Daniel Peñaloza Parra, en favor de don Reinier Padrón Serrano, empleado, de nacionalidad cubana,  cédula de identidad para extranjeros Nº 26.019.049-0, domiciliado para estos efectos en Los Abedules 1777, Comuna Osorno, e interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la por la omisión ilegal y arbitraria de falta de pronunciamiento del recurso administrativo de reconsideración que interpuso -9 de diciembre de 2024- contra resolución de archivo de su solicitud de residencia definitiva -por salir del país sin registrar nuevo ingreso-. Sostiene que la falta de pronunciamiento lo deja en estado de incertidumbre por la orden de abandono que lo aqueja y que es vulneratorio del derecho de igualdad ante la ley ante la falta de pronunciamiento oportuno. Solicita se acoja su acción y se ordene al Servicio que se pronuncie sobre el recurso en un plazo no mayor a 60 días, con costas. Segundo. En el folio 9, comparece don Elver Luciano Noriega Arteaga, abogado, en representación del Servicio Nacional de Migraciones, informa al tenor del recurso, y solicita su rechazo. Refiere que el recurrente presentó solicitud de residencia definitiva el 12 de diciembre de 2023, la que fue archivada por el Servicio mediante Resolución Exenta N°24551306, de 3 de diciembre de 2024, porque según informe de PDI el extranjero se encontraba fuera del país desde el 6 de mayo de 2023, sin registrar nuevos ingresos al territorio nacional. El 9 de diciembre de 2024 presentó un recurso administrativo contra la resolución de archivo, y el 22 de mayo de 2025 se le envió Comprobante de Recurso Administrativo en Trámite, informándole que la interposición del recurso suspende los efectos del acto y/o resolución contra el cual se recurre, conforme a lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley N°21.325, de Migración y Extranjería. Dicho documento es válido para ser presentado ante cualquier Organismo, Servicio o Institución que requiera conocer su situación migratoria, junto a su documento de identificación, por lo que su situación migratoria es regular mientras no se resuelva el recurso. Agrega que el recurso se encuentra en etapa de “análisis jurídico I”. Tercero. Que, del mérito de los antecedentes, se observa que lo alegado por el recurrente es la existencia de ilegalidad y/o arbitrariedad en el actuar del Servicio Nacional de Migraciones por falta de pronunciamiento sobre el recurso administrativo de reconsideración que interpuso contra resolución de archivo de su solicitud de residencia definitiva. Cuarto. El recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal

Fallo

Por estas consideraciones y lo preceptuado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve: Que se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de don Reinier Padrón Serrano contra el Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Protección-21-2026

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, doce de febrero de dos mil veintiséis.  VISTOS, TENIENDO PRESENTE Y CONSIDERANDO: Primero. Comparece don Pablo Daniel Peñaloza Parra, en favor de don Reinier Padrón Serrano, empleado, de nacionalidad cubana,  cédula de identidad para extranjeros Nº 26.019.049-0, domiciliado para estos efectos en Los Abedules 1777, Comuna Osorno, e interpone acción constitucional de prote

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