SCOTIABANK CHILE S.A/HIGUERAS
Rol
Fecha
12 de febrero de 2026
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Que habida cuenta que lo solicitado por el ejecutante es únicamente tener presente el inmueble señalado para efectos del embargo, es que esta Corte no advierte el motivo del juez a quo para negar lugar a ello. Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo previsto en los artículos 189 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca, la resolución apelada de fecha veinticinco de septiembre de dos mil veinticinco, dictada en los autos Rol N° C-11893-2025, seguidos ante el Décimo Juzgado Civil de Santiago; y en su lugar se declara téngase presente. Devuélvase la competencia. N°Civil-19691-2025.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo previsto en los artículos 189 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca, la resolución apelada de fecha veinticinco de septiembre de dos mil veinticinco, dictada en los autos Rol N° C-11893-2025, seguidos ante el Décimo Juzgado Civil de Santiago; y en su lugar se declara téngase presente. Devuélvase la competencia. N°Civil-19691-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, doce de febrero de dos mil veintiséis. VISTOS: Que habida cuenta que lo solicitado por el ejecutante es únicamente tener presente el inmueble señalado para efectos del embargo, es que esta Corte no advierte el motivo del juez a quo para negar lugar a ello. Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo previsto en los artículos 189 y siguientes del Código de P
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