MP/GODOY
Rol
Fecha
12 de febrero de 2026
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Que, la actuación policial fue realizada conforme a lo dispuesto en el artículo 95 del Código Procesal Penal, por cuanto existía una denuncia de una persona que no se quiso individualizar, pero que concurrió a la unidad policial, sola circunstancia que no es suficiente para desechar la existencia de un indicio, desde que la policía pidió instrucciones al órgano encargado de la persecución penal y en virtud de ese mandato realizaron la diligencia investigativa referida a concurrir al terminal de buses, lugar en el que encuentran al denunciado, procediendo al control de identidad, encontrando sustancias estupefacientes ilícitas en sus pertinencias, por lo que esta Corte estima que el procedimiento se realizó ajustado a derecho. Que, en cuanto a la falta de lectura de derechos alegada por la defensa es necesario indicar que el propio Código Procesal Penal establece que esto debe ser remediado por el Juez en la audiencia pertinente, por lo que tal alegación será desechada. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 130, 132 bis, 352, 358 y 370 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada dictada en veintisiete de enero de dos mil veintiséis, por el Juzgado de Garantía de Illapel, transcrita íntegramente en la carpeta digital, y en su lugar se declara, que la detención del imputado Cristian Pablo Godoy González, se ajustó a derecho. Con lo actuado se levanta acta de lo obrado, la que es firmada por el Tribunal, actuando como ministro de fe la relatora doña Claudia Castro Aquea. Devuélvase vía interconexión. Rol N°107-2026 Penal.-
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 130, 132 bis, 352, 358 y 370 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada dictada en veintisiete de enero de dos mil veintiséis, por el Juzgado de Garantía de Illapel, transcrita íntegramente en la carpeta digital, y en su lugar se declara, que la detención del imputado Cristian Pablo Godoy González, se ajustó a derecho. Con lo actuado se levanta acta de lo obrado, la que es firmada por el Tribunal, actuando como ministro de fe la relatora doña Claudia Castro Aquea. Devuélvase vía interconexión. Rol N°107-2026 Penal.-
Texto Completo (Preview)
La Serena, doce de febrero de dos mil veintiséis. Siendo las 12:05 horas, ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones, presidida por la Ministra suplente señora Jimena Pérez Pinto e integrada por la Fiscala Judicial señora Pilar Aravena Gómez y la Abogada integrante señora Carolina Salas Salazar, se realiza la audiencia fijada para el conocimiento del recurso de apelación deducido por el Mi
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