ADM. DE FONDOS DE CESANTIA CHILE III S.A. CON RESTAURANTE SL ESTILO DEL CHEF MARCE SPA
Rol
Fecha
11 de febrero de 2026
Materia
EJECUTIVO PREVISIONAL
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del motivo CUARTO que se elimina, y se tiene además presente: 1°) Que conforme el avenimiento celebrado en la causa M-6-2025, acompañado por la ejecutada, aparece en su cláusula 2. que “Las partes dejan constancia que la relación laboral terminó por mutuo acuerdo de las partes.”, de lo cual no es posible concluir -como erróneamente señaló el sentenciador- que no existió vínculo laboral entre las partes, pues precisamente aquellas reconocieron la forma de término en dicha presentación. 2°) Conforme lo dicho, y no habiendo acreditado el ejecutado la inexistencia de los servicios, corresponde el rechazo de la excepción deducida y acoger la demanda ejecutiva, como se dirá. Por estas consideraciones, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 470 del Código del Trabajo, en relación al artículo 8° de la ley 17.322, SE REVOCA, sin costas de la instancia, la resolución en alzada, de fecha veintiocho de octubre de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Castro, y en su lugar se resuelve que se rechaza la excepción de inexistencia de prestación de servicios opuesta por la ejecutada y se acoge la demanda ejecutiva interpuesta por A.F.C. CHILE III S.A. en contra de RESTAURANTE AL ESTILO DEL CHEF MARCE SPA, sin costas, debiendo continuar la ejecución hasta el entero y cumplido pago a la entidad ejecutante, de las sumas de dinero adeudadas. Devuélvase. Rol Cobranza N°472-2025.-
Fallo
Por estas consideraciones, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 470 del Código del Trabajo, en relación al artículo 8° de la ley 17.322, SE REVOCA, sin costas de la instancia, la resolución en alzada, de fecha veintiocho de octubre de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Castro, y en su lugar se resuelve que se rechaza la excepción de inexistencia de prestación de servicios opuesta por la ejecutada y se acoge la demanda ejecutiva interpuesta por A.F.C. CHILE III S.A. en contra de RESTAURANTE AL ESTILO DEL CHEF MARCE SPA, sin costas, debiendo continuar la ejecución hasta el entero y cumplido pago a la entidad ejecutante, de las sumas de dinero adeudadas. Devuélvase. Rol Cobranza N°472-2025.-
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, once de febrero de dos mil veintiséis. Visto: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del motivo CUARTO que se elimina, y se tiene además presente: 1°) Que conforme el avenimiento celebrado en la causa M-6-2025, acompañado por la ejecutada, aparece en su cláusula 2. que “Las partes dejan constancia que la relación laboral terminó por mutuo acuerdo de las partes.”, de lo c
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