1º JUZGADO DE LETRAS DE PUERTO VARAS

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/PATAGONIA INGENIERÍA LIMITADA

Rol

Fecha

11 de febrero de 2026

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Primero: Que sube en alzada resolución dictada por el Juzgado de Letras de Puerto Varas de fecha 04 de julio de 2024, mediante la cual se acoge, sin costas, el incidente de desistimiento de la acción ejecutiva interpuesta por la demandante Banco BCI en contra del ejecutado Víctor Hugo Quezada Reyes, siendo apelada -de forma subsidiaria a un recurso de reposición- aquella decisión por esta última parte quién solicita la imposición de las costas en estos autos en atención al hecho de haberse desplegado una defensa jurídica activa ante una acción que se encontraba prescrita, solicitando en definitiva aquella declaración. Segundo: Que la parte ejecutante planteó en segunda instancia un incidente de inadmisibilidad del recurso que da origen a estos autos, sosteniendo que en atención a la naturaleza del presente recurso correspondía el ejercicio de la apelación de forma directa y no subsidiaria como ocurrió en la especie, debiendo acogerse, en consecuencia, la solicitud planteada por aquella parte. Sin embargo, advirtiéndose que el recurso de apelación subsidiario interpuesto por la parte ejecutada fue presentado dentro del plazo establecido por la ley, siendo procedente aquel en atención a la naturaleza de la resolución impugnada y no existiendo una prohibición expresa en cuanto a la forma de un su interposición, teniendo presente, además, que el sistema recursivo consagra los principios de bilateralidad de la audiencia, contradictoriedad y debido proceso, por lo que no ha de ser restringido su ejercicio sino en los casos en que la ley ha determinado aquello o contemplar exigencias procesales formales para su interposición, razones por las cuales se rechazará aquella petición tal como se indicará en lo resolutivo de este fallo. Tercero: En cuanto al fondo del asunto, teniendo presente la naturaleza del proceso de autos y de la incidencia planteada por la ejecutante en su oportunidad, la cual se ejerce una vez deducida las defensas por parte de la ejecutada -en

Fallo

Por tanto, y visto lo dispuesto en los artículos 152, 153, 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara: I. Que SE RECHAZA el incidente de inadmisibilidad planteado por la parte recurrida con fecha 05 de agosto de 2024. II. Que SE REVOCA en lo apelado la resolución en alzada de fecha cuatro de julio de dos mil veinticuatro dictada por el Juzgado de Letras de Puerto Varas, sólo en la parte en que no condena en costas a la ejecutante y en su lugar se declara que se condena en costas a la parte ejecutante, confirmándose en lo demás la citada resolución. III. Que se condena en costas del recurso a la parte recurrida. Regístrese y devuélvase. Rol Civil N°958-2024.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, once de febrero de dos mil veintiséis Vistos: Primero: Que sube en alzada resolución dictada por el Juzgado de Letras de Puerto Varas de fecha 04 de julio de 2024, mediante la cual se acoge, sin costas, el incidente de desistimiento de la acción ejecutiva interpuesta por la demandante Banco BCI en contra del ejecutado Víctor Hugo Quezada Reyes, siendo apelada -de forma subsidiaria a

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