SALINAS/AGUIRRE
Rol
Fecha
11 de febrero de 2026
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
VISTO: En estos autos ingreso 159-2025 de esta Corte, que corresponden al Rol 14.937/2024, del Segundo Juzgado de Policía Local de Antofagasta, por sentencia de veinticinco de abril de dos mil veinticinco, se acogió la querella infraccional y demanda civil deducida por la parte de JONATHAN MICHAEL AGUIRRE VICENCIO y LUIS LEOPOLDO AGUIRRE MARÍN en contra de ANA FERNANDA CORREA SALINAS y de la empresa FERNANDA CORREA SPA, en sus calidades de conductora y propietaria, respectivamente, del minibús placa patente TLXS-70, y se les condena a pagar, solidariamente, la suma de cuatro millones de pesos ($4.000.000) por concepto de daño emergente, más la suma de doscientos mil pesos ($200.000) por desvalorización y la cantidad de un millón ciento sesenta mil ciento cuarenta y ocho pesos ($1.160.148) por lucro cesante, todo con intereses para operaciones no reajustables en la forma que se indica en la sentencia, sin costas. En contra de esta sentencia, la demandada civil dedujo recurso de apelación, a fin de que se reduzca el monto asignado por concepto de indemnización por daño emergente.
Fundamentos
CONSIDERANDO: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del guarismo “$4.000.000”, referido en el considerando undécimo; y se tiene, en su lugar y además presente: PRIMERO: Que efectivamente el accidente ocasionó a los demandantes una pérdida patrimonial a raíz de los daños que sufrió el vehículo de su propiedad, el cual debe apreciarse conforme a las reglas de la sana crítica, pero sin dejar de atender a los elementos de convicción que para su determinación se allegaron al juicio. SEGUNDO: Que, valorando los antecedentes del modo indicado, en especial el valor comercial del vehículo que se estimó en la suma de $5.281.780, según consta de la tasación comercial acompañada a fs. 18; y también en atención al presupuesto efectuado por la compañía aseguradora de acuerdo con el cual ofrece pagar la suma de $2.535.000, se estima por esta Corte que al valorar los antecedentes conforme a las reglas de la sana crítica, el justo valor de la indemnización por daño emergente, debe regularse en la suma de tres millones de pesos ($3.000.000.-)
Fallo
Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA sin costas del recurso, la sentencia de veinticinco de abril de dos mil dos veinticinco, dictada en estos antecedentes, con declaración que la indemnización por daño emergente que deberán pagar los demandados se aumenta a la suma de tres millones de pesos ($3.000.000.-) con los intereses que se indican en la sentencia en alzada; confirmándose la misma en todo lo demás. Regístrese y comuníquese. Rol 159-2025 (Policía Local) Redacción del ministro Eric Sepúlveda Casanova, quien no firma por encontrarse con permiso. 2
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, once de febrero de dos mil veintiséis. VISTO: En estos autos ingreso 159-2025 de esta Corte, que corresponden al Rol 14.937/2024, del Segundo Juzgado de Policía Local de Antofagasta, por sentencia de veinticinco de abril de dos mil veinticinco, se acogió la querella infraccional y demanda civil deducida por la parte de JONATHAN MICHAEL AGUIRRE VICENCIO y LUIS LEOPOLDO AGUIRRE MARÍN e
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