FAOUDE DECIUS /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
11 de febrero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece Emmanuel Bien-Aime, quien interpone acción constitucional de amparo en favor de Faoude Decius, nacional de Haití, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Expone que la amparada ingresó a Chile por vía aérea con la intención de establecerse en el país, iniciando trámites de regularización migratoria y desarrollando actividad laboral. Señala que, en este contexto, ingresó solicitud de residencia definitiva ante el Servicio Nacional de Migraciones, bajo el N°43748430, procedimiento que concluyó mediante Resolución Exenta N° 25359597, de 30 de junio de 2025, que rechazó la solicitud y dispuso su abandono del país en el plazo de diez días. Indica que el rechazo se fundó en no haber remitido copia de la sanción por residir con permiso vencido, no acompañar documentación que acreditara actividad o sustento económico y no adjuntar certificado de antecedentes de su país de origen debidamente legalizado o apostillado, conforme al artículo 88 N°1 y N°4 de la Ley N°21.325. Refiere que respecto del certificado de antecedentes, la amparada lo habría solicitado ante la autoridad consular correspondiente, encontrándose en trámite; que intentó efectuar el pago de la multa administrativa asociada a su situación migratoria, sin lograrlo por inconvenientes en el sitio web institucional; y que mantiene actividad laboral y cotizaciones previsionales en Chile. Sostiene que la orden de abandono afecta su libertad ambulatoria y solicita se deje sin efecto la Resolución Exenta antes individualizada, ordenando a la autoridad reabrir el procedimiento administrativo y otorgar un nuevo plazo no inferior a 180 días para acompañar antecedentes y efectuar el pago correspondiente. A folio 4, se ordenó tener a la vista recurso de amparo Rol N°818-2025. A folio 5, informa el abogado Eduardo Alejandro Pizarro Ciangarotti, en representación del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo
Fundamentos
fundamentos del rechazo. Indica que por Resolución Exenta N° 25359597, de 30 de junio de 2025, se rechazó la residencia definitiva, disponiéndose el abandono del país en el plazo de 15 días y fijándose además una prohibición de ingreso por 5 años, manteniéndose a salvo los recursos de la Ley N° 19.880 conforme al artículo 139 de la Ley N° 21.325. Sostiene que la resolución de rechazo se ajusta a la Ley N° 21.325 y al Decreto N° 177, y emana de autoridad competente para dictar el acto, y que la orden de abandono sería una consecuencia legal del rechazo conforme al artículo 91 de la Ley N° 21.325, diferenciándola de la expulsión. A folio 6, se ordenó traer los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que por la presente acción constitucional se impugna la Resolución Exenta N° 25359597, de 30 de junio de 2025, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, que rechazó la solicitud de residencia definitiva de la amparada, dispuso su abandono del país y fijó una prohibición de ingreso, sosteniendo la recurrente que la decisión resulta ilegal y desproporcionada, por cuanto el rechazo se fundó en no haber acompañado el certificado de antecedentes de su país de origen debidamente legalizado y en no haber pagado la multa asociada a su residencia irregular, alegando que dicho certificado se encontraba en trámite y que no pudo efectuar el pago por inconvenientes en la plataforma electrónica del Servicio, solicitando en definitiva se deje sin efecto el acto impugnado y se le otorgue un nuevo plazo para subsanar tales exigencias. SEGUNDO: Que el Servicio Nacional de Migraciones señala que la amparada postuló a residencia definitiva encontrándose en situación migratoria irregular y sin cumplir los requisitos exigidos por la Ley N° 21.325 y su reglamento, por no haber acompañado certificado de antecedentes debidamente legalizado, no acreditar medios de vida suficientes ni pagar la multa correspondiente. Expone que se notificó previamente la causal de rechazo, otorgándose plazo de 10 días para evacuar descargos, no logrando desvirtuar la causal de rechazo. TERCERO: Que, según consta de los antecedentes tenidos a la vista por esta Corte, en causa Rol AMP-818-2025 se dedujo acción de amparo en favor del mismo recurrente en contra de la Resolución Exenta de 23 de abril de 2024, que rechazó su solicitud de residencia definitiva. Dicho arbitrio fue rechazado por esta Corte por falta de oportunidad, atendido que, a la fecha de dictación de la respectiva sentencia, la resolución administrativa impugnada ya había sido dejada sin efecto por la Excma. Corte Suprema, con ocasión de otro recurso de amparo deducido ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, que impugnaba el mismo acto administrativo, el cual fue inicialmente rechazado por esa judicatura, pero revocado por el máximo tribunal en autos Rol N° 6023-2025, ordenándose otorgar al amparado un plazo no inferior a noventa días para acompañar el certificado de antecedentes de su p
Fallo
fallo del recurso de amparo, se acoge, sin costas, la acción constitucional deducida en favor de Faoude Decius y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 25359597, de 30 de junio de 2025, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, debiendo la autoridad recurrida reabrir el procedimiento administrativo y otorgar a la amparada un nuevo plazo no inferior a ciento ochenta días, para acompañar y formalizar los antecedentes pertinentes, debiendo considerar especialmente aquellos acompañados en esta sede y en la causa Rol N° 818-2025, y emitir un nuevo pronunciamiento conforme a derecho. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-406-2026. En Valparaíso, once de febrero de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, once de febrero de dos mil veintiséis. Visto: A folio 1, comparece Emmanuel Bien-Aime, quien interpone acción constitucional de amparo en favor de Faoude Decius, nacional de Haití, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Expone que la amparada ingresó a Chile por vía aérea con la intención de esta
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