ANONIMIZADO
Rol
Fecha
10 de febrero de 2026
Materia
ALIMENTOS
Resultado
CONFIRMADA SIN COSTAS
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes existentes al momento de dictarse la resolución en alzada y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley N°19.968, 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución apelada de veintiocho de julio de dos mil veinticinco, inserta en carpeta virtual RIT Z-196-2008 del Juzgado de Familia de Linares, sin costas del recurso. Devuélvase. N°Familia-503-2025.
Texto Completo (Preview)
Talca, diez de febrero de dos mil veintiséis. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes existentes al momento de dictarse la resolución en alzada y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley N°19.968, 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución apelada de veintiocho de julio de dos mil veinticinco, inserta en carpeta virtual RIT Z-196-2008 del Juzgado
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