COMERCIALMANUEL SALVADOR ESCUDERO GONZALEZ E.I.R.L./SUPERMERCADO ALEXIS ANDRADE VELASQUEZ E.I.R.L.
Rol
Fecha
10 de febrero de 2026
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS Atendido el mérito de autos, no verificándose los presupuestos establecidos en el artículo 144 de la Ley 20.720, en razón del estado procesal de la presente causa y lo dispuesto en el artículo 142 de la misma ley, SE REVOCA, sin costas, la resolución recurrida de fecha veintidós de octubre del año dos mil veinticinco, por la que se ordenó la acumulación de estos autos a la C-310-2025 del Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Aysén y, en su lugar, no se hace lugar al incidente de acumulación de autos. Regístrese y devuélvase. Rol 242-2025 (Civil).
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, a diez de febrero de dos mil veintiséis. VISTOS Atendido el mérito de autos, no verificándose los presupuestos establecidos en el artículo 144 de la Ley 20.720, en razón del estado procesal de la presente causa y lo dispuesto en el artículo 142 de la misma ley, SE REVOCA, sin costas, la resolución recurrida de fecha veintidós de octubre del año dos mil veinticinco, por
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