SIN INFORMACION

CHARLES/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

10 de febrero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: Que, a folio uno se deduce recurso de protección en favor de Marlene Charles, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Funda su acción en la omisión arbitraria e ilegal consistente en la excesiva demora en resolver su solicitud de Permanencia Definitiva ingresada el 7 de marzo de 2023. Solicita que se ordene al Servicio pronunciarse sobre dicha solicitud en un plazo razonable. Que, informa el Servicio Nacional de Migraciones solicitando el rechazo del recurso. Argumenta que el plazo del artículo 27 de la Ley N° 19.880 no es fatal y que el retraso se debe a un aumento masivo de solicitudes. Sostiene que no hay vulneración de garantías ya que la recurrente mantiene su situación migratoria regular mediante el certificado de residencia en trámite. Que, se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la recurrente ingresó su solicitud de permanencia definitiva el 7 de marzo de 2023, habiendo transcurrido a la fecha de interposición de este recurso más de seis meses sin que la autoridad administrativa emita un pronunciamiento terminal. SEGUNDO: Que, el artículo 27 de la Ley N° 19.880 impone a la Administración la obligación de concluir los procedimientos en un plazo que no exceda de seis meses. Si bien el SERMIG aduce una alta carga de trabajo, dicha circunstancia no puede servir de excusa permanente para desconocer los principios de celeridad, conclusivo y de inexcusabilidad que rigen el actuar administrativo. TERCERO: Que, la dilación injustificada coloca a la recurrente en un estado de incertidumbre jurídica que afecta su derecho a la igualdad ante la ley, garantizado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política. CUARTO: Que,

Fallo

por tanto, se configura una omisión ilegal por parte del Servicio recurrido al incumplir los plazos legales, lo que amerita la adopción de medidas urgentes para restablecer el imperio del derecho. Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se acoge, sin costas el recurso de protección deducido en favor de Marlene Charles, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, y en consecuencia, se ordena al Servicio recurrido que, en un plazo de 30 días corridos emita pronunciamiento respecto de la solicitud de visa de la recurrente, procediendo a la dictación del acto administrativo final, ya sea aceptando o rechazando dicho beneficio migratorio. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-6304-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, diez de febrero de dos mil veintiséis. Visto: Que, a folio uno se deduce recurso de protección en favor de Marlene Charles, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Funda su acción en la omisión arbitraria e ilegal consistente en la excesiva demora en resolver su solicitud de Permanencia Definitiva ingresada el 7 de marzo de 2023. So

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