SIN INFORMACION

ANTOINE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

10 de febrero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: Que, a folio uno comparece Etzer Antoine, ciudadano haitiano, y deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Expone que el 16 de abril de 2024 ingresó una solicitud de Permanencia Definitiva bajo el código ID N° 70071250. Denuncia que, transcurridos más de seis meses desde dicha fecha, la autoridad no ha emitido pronunciamiento alguno, incurriendo en una omisión ilegal y arbitraria que vulnera la garantía de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política. Solicita que se acoja el recurso y se ordene al recurrido emitir el acto administrativo terminal, aceptando o rechazando el beneficio solicitado, en un plazo razonable, para restablecer el imperio del derecho. Que, el Servicio Nacional de Migraciones evacuó informe y solicitó el rechazo de la acción, argumentando que el trámite se encuentra en etapa de resolución y que la dilación se justifica por el ingreso masivo de solicitudes —aproximadamente 635.000 entre 2020 y 2024—, lo cual constituye un caso fortuito que excusa el retraso conforme al artículo 27 de la Ley N° 19.880. Asimismo, sostiene que no existe vulneración de garantías, toda vez que el artículo 43 de la Ley N° 21.325 establece la prórroga automática de la vigencia de la cédula de identidad mientras Que, se ordenó traer los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el artículo 27 de la Ley N° 19.880 establece que el procedimiento administrativo no podrá exceder de seis meses hasta la decisión final. En la especie, la solicitud lleva más de un año sin resolución, superando con creces el límite legal y la razonabilidad esperable. SEGUNDO: Que, el actuar de la administración debe regirse por los principios de celeridad, economía procedimental y eficacia. La omisión injustificada de pronunciarse respecto de una solicitud de residencia definitiva coloca al administrado en una situación de desigualdad frente a otros que sí reciben respuesta oportuna. TERCERO: Que la inactividad prolongada de la recurrida constituye una omisión ilegal que vulnera la garantía de igualdad ante la ley. El hecho de que la ley otorgue prórrogas automáticas no exime al organismo de su deber de dictar una resolución fundada que ponga fin al procedimiento.

Fallo

Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República, y el Auto Acordado sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de Etzer Antoine, y en consecuencia se ordena al Servicio Nacional de Migraciones que dicte el acto administrativo terminal respecto de la solicitud de residencia definitiva del actor ID N° 70071250 en un plazo no superior a treinta días corridos. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-6300-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, diez de febrero de dos mil veintiséis. VISTOS: Que, a folio uno comparece Etzer Antoine, ciudadano haitiano, y deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Expone que el 16 de abril de 2024 ingresó una solicitud de Permanencia Definitiva bajo el código ID N° 70071250. Denuncia que, transcurridos más de seis meses desde dicha fecha, la

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