FLORES/SOCIEDAD GASTRONÓMICA ENTRE AMIGOS LTDA.
Rol
J-27-2023
Fecha
12 de enero de 2024
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Resolviendo el incidente de incremento del saldo adeudado de una cuota y atendido el mérito de los antecedentes de los cuales consta que se cumplen las condiciones y exigencias normativas para acceder al incidente de incremento; y atendido además, o dispuesto en el artículo 468 del Código del Trabajo, se resuelve: Que, SE HACE LUGAR, al incidente de incremento de indemnización deducido par la parte ejecutante el cual se fija en un 17,544% adicional por sobre el crédito declarado y reconocido en autos, es decir $ 1.000.008.- Liquídese nuevamente el crédito y notifíquese por cédula al demandado, conjuntamente con la liquidación.- RIT: J-27-2023 RUC: 23-3-0183859-K Proveyó don HERNAN VALDEVENITO CARRASCO, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Arica, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Arica a doce de enero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente./jhp.- Código: XHKLXKXQXBZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-01-12T10:43:19-0300
Fallo
SE RESUELVE: Visto: Resolviendo el incidente de incremento del saldo adeudado de una cuota y atendido el mérito de los antecedentes de los cuales consta que se cumplen las condiciones y exigencias normativas para acceder al incidente de incremento; y atendido además, o dispuesto en el artículo 468 del Código del Trabajo, se resuelve: Que, SE HACE LUGAR, al incidente de incremento de indemnización deducido par la parte ejecutante el cual se fija en un 17,544% adicional por sobre el crédito declarado y reconocido en autos, es decir $ 1.000.008.- Liquídese nuevamente el crédito y notifíquese por cédula al demandado, conjuntamente con la liquidación.- RIT: J-27-2023 RUC: 23-3-0183859-K Proveyó don HERNAN VALDEVENITO CARRASCO, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Arica, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Arica a doce de enero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente./jhp.- Código: XHKLXKXQXBZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-01-12T10:43:19-0300
Texto Completo (Preview)
Arica, doce de enero de dos mil veinticuatro. Resolviendo el primer otrosí de la presentación de la demanda, y no habiéndose evacuado el traslado por la parte demandada, téngase por evacuado en rebeldía, SE RESUELVE: Visto: Resolviendo el incidente de incremento del saldo adeudado de una cuota y atendido el mérito de los antecedentes de los cuales consta que se cumplen las condiciones y exigencia
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