MP C/ CAROLINA NOEMI BARRIA BELMAR
Rol
Fecha
10 de febrero de 2026
Materia
VIOLACION DE MORADA. ART.144
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de la imputada Carolina Noemí Barría Belmar, por peligro de fuga. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que se atribuye a la imputada, lo cual no fue discutido por la defensa. 3°) A su vez, respecto de la necesidad de cautela regulada en la letra c) del mismo artículo, teniendo en consideración la naturaleza y números de delitos por los cuales se dedujo acusación fiscal, esto es, un delito de tráfico de pequeñas cantidades de droga del artículo 4° de la Ley 20.000, un delito de violación de morada del artículo 144 y un delito de daños simples del artículo 487 del Código Penal, la forma de comisión, el actuar en grupo o pandilla, la incomparecencia a la audiencia de preparación de juicio oral, sólo acudiendo compulsivamente por órdenes de detención en al menos tres oportunidades anteriores a los actos del procedimiento, sin que entregue garantías de comparecencia hacia el futuro, habiéndose fijado una caución que no ha sido enterada; se configura un peligro de fuga que se resguarda sólo con la medida cautelar de prisión preventiva impuesta. Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, 141 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de dos de febrero de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de la imputada Carolin
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, 141 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de dos de febrero de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de la imputada Carolina Noemí Barría Belmar. Devuélvase. Rol Penal 155-2026.-
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, diez de febrero de dos mil veintiséis. Vistos: 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de la imputada Carolina Noemí Barría Belmar, por peligro de fuga. 2°) Que, del mérito de los antecedente
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