DE LA ROSA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
10 de febrero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: Que, a folio uno se deduce recurso de protección en favor de Keyla Carolina De La Rosa Briceño en contra del Servicio Nacional de Migraciones, fundado en la omisión arbitraria e ilegal de no resolver su solicitud de nacionalización. Que, informó el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción, señalando que, mediante el Oficio Ordinario N°15669 del 19 de marzo de 2024, el expediente fue remitido a la Subsecretaría del Interior para su resolución final. Alega falta de oportunidad, pues la solicitud ya no se encuentra bajo su esfera de responsabilidad. Que, por su parte, la Subsecretaría del Interior evacuó su informe, alegando que la concesión de la carta de nacionalización es una facultad potencial y soberana del Estado, no un derecho del solicitante, y señalando que el acto administrativo que resuelve la solicitud se encuentra en sus últimas etapas de tramitación, previo a la firma de la autoridad. Que, se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento de la solicitud de nacionalización presentada por la recurrente. Segundo: Que, el Servicio Nacional de Migraciones informa que mediante Oficio Ordinario N°15669 del 19 de marzo de 2024, se remitió la solicitud de Carta de Nacionalización a la Subsecretaria del Interior. Tercero: Que, como se puede apreciar, el presente arbitrio ha perdido oportunidad, toda vez que, de acuerdo a las facultades legales del Servicio, la tramitación del procedimiento administrativo de nacionalización ya no se encuentra dentro de la esfera de su responsabilidad, de manera que el acto ilegal y arbitrario reclamado por el recurrente ha desaparecido, no existiendo medida alguna que adoptar al respecto.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Keyla Carolina De La Rosa Briceño, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Se previene que el Ministro señor Droppelmann concurre al rechazo, teniendo además presente que, la facultad de otorgar la carta de nacionalización corresponde al propio Presidente de la República, lo que vislumbra que el Servicio Nacional de Migraciones, carece de legitimación para pronunciarse sobre la solicitud incoada por el recurrente, siendo la carta de nacionalización un privilegio otorgado por el Jefe de Estado, que requiere de un mayor análisis de los antecedentes, cuyo acto terminal es fruto de la potestad discrecional radicada en él, por lo que no se puede incoar a su término mediante la presente vía judicial. Regístrese, notifíquese, certifíquese una vez ejecutoriada, y en su oportunidad archívese. N°Protección-2710-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, diez de febrero de dos mil veintiséis. Visto: Que, a folio uno se deduce recurso de protección en favor de Keyla Carolina De La Rosa Briceño en contra del Servicio Nacional de Migraciones, fundado en la omisión arbitraria e ilegal de no resolver su solicitud de nacionalización. Que, informó el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción, s
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