JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE SANTA CRUZ

CENCOSUD RETAIL S.A. (JUMBO PORTAL LA REINA)./ROJAS

Rol

Fecha

10 de febrero de 2026

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del

Fundamentos

considerando tercero, que se elimina. Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1.- Que, de los antecedentes de autos aparece que, con fecha 24 de enero de 2024 a fojas 40, en el comparendo de estilo celebrado ante el Juzgado de Policía Local de Santa Cruz, las partes arribaron a una conciliación, acordando las partes el pago de la suma de $400.000, por parte de la querellada y demandada civil en favor de la querellante y demandante civil, Rocío Rojas Plaza, la cual fue expresamente aceptada por ésta como finiquito respecto de los daños, acuerdo que fue cumplido íntegramente, según consta a fojas 41 y 43. 2.- Que, en este contexto, si bien ello no impide que el Juez condene a la querellada, teniendo presente la discusión invocada en el proceso, en cuanto a que en vez del Supermercado, quien sería responsable por los daños ante el consumidor sería la inmobiliaria dueña del terreno en donde se emplaza el estacionamiento, habiendo la demandada pagado íntegramente el monto acordado con la demandante, se le eximirá de la condena infraccional. Por lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287, se revoca, en lo apelado, la sentencia de doce de junio de dos mil veinticuatro, que rola a fojas 45 y siguientes, rectificada el veintidós de julio de dos mil veinticuatro, a fojas 59, ambas dictadas en causa ROL 102.793, por el Juzgado de Policía Local de Santa Cruz, en cuanto condenó a Supermercado Jumbo a pagar una multa a beneficio municipal y, en su lugar

Fallo

se decide, que se absuelve a dicha parte de la querella infraccional deducida en su contra. Regístrese y devuélvase. Rol I. Corte-113-2024-Policía Local.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, diez de febrero de dos mil veintiséis. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del considerando tercero, que se elimina. Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1.- Que, de los antecedentes de autos aparece que, con fecha 24 de enero de 2024 a fojas 40, en el comparendo de estilo celebrado ante el Juzgado de Policía Local de Santa Cruz, las partes

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