SIN INFORMACION

DURÁN/DIRECCION NACIONAL DE GENDARMERIA

Rol

Fecha

9 de febrero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Se dedujo recurso de amparo en favor de ROSA XIMENA DURAN MAYORGA y en contra de Gendarmería de Chile, por considerar para la verificación de postulación al beneficio de libertad condicional, tiempos mínimos sin ajustarse a derecho, vulnerando la garantía constitucional del N° 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Refiere que la amparada se encuentra cumpliendo una condena por el delito de tráfico ilícito de drogas y otra por el delito tenencia o porte de armas y municiones. Sostiene que la recurrida señala como fecha de postulación al beneficio de libertad condicional el 9 de agosto de 2026, cálculo que se fundamenta en la aplicación del dos tercios del tiempo total de condena acumulado. Sostiene que Gendarmería de Chile hizo una aplicación retroactiva de la ley penal, privando a la amparada de su derecho a la libertad personal al exigirle dos tercios de cumplimiento de condena para ambas condenas, en circunstancias que en su caso correspondía exigir el cumplimiento de la mitad de la condena para el delito de porte de armas y tratándose una norma más gravosa contradice lo dispuesto en el artículo 19 N° 3 de la Constitución Política de la República, el artículo 18 del Código Penal, y tratados internacionales como la Convención Americana de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que prohíben la aplicación retroactiva de la ley penal. Pide que se realice el cómputo del tiempo mínimo para optar a beneficios conforme a la ley vigente al momento de la comisión de los hechos por los cuales cumple condena. Informó en su oportunidad Gendarmería de Chile, solicitado el rechazo de la acción de amparo, pues la situación de la amparada ya fue resuelta mediante sentencia que acogió recurso de amparo en el Rol N°21-2025 de esta Corte dictada el 18 de febrero de 2025, efectuándose correctamente el nuevo cálculo de tiempo mínimo conforme a lo ordenado en la citada sentencia. Se ordenó traer los autos en relac

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, de conformidad con el artículo 21 de la Constitución Política de la República, el recurso de amparo puede ser deducido a favor de toda persona que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o las leyes, a fin de que se guarden las formalidades legales y se adopte de inmediato las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. El mismo recurso, y en igual forma, podrá ser deducido en favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. SEGUNDO: Que, teniendo únicamente presente que atento el petitorio de la acción de amparo interpuesta en que se solicita que “se ordene recalcular el tiempo mínimo de cumplimiento de pena para la postulación a la libertad condicional de la interna, aplicando la ley vigente al momento de la comisión de cada delito, y en consecuencia, adecúe la fecha mínima de libertad al cumplimiento de la mitad de las penas, o la proporción que corresponda según la ley más favorable”, y teniendo a la vista la sentencia dictada el 18 de febrero de 2025 por esta Corte en el Rol N°21-2025, en la que se resolvió idéntica petición respecto de la amparada, por haberse emitido pronunciamiento y no constando un cambio de circunstancias, la acción impetrada no puede prosperar.

Fallo

Por estas consideraciones y normas legales citadas y lo previsto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre el Recurso de Amparo, del año 1932, SE RECHAZA el recurso de amparo constitucional deducido en favor de ROSA XIMENA DURAN MAYORGA. Regístrese, notifíquese y archívese, si no se apelare. Rol N° 59-2026 Amparo.

Texto Completo (Preview)

Arica, nueve de febrero de dos mil veintiséis. VISTOS: Se dedujo recurso de amparo en favor de ROSA XIMENA DURAN MAYORGA y en contra de Gendarmería de Chile, por considerar para la verificación de postulación al beneficio de libertad condicional, tiempos mínimos sin ajustarse a derecho, vulnerando la garantía constitucional del N° 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Re

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