GALVEZ NARANJO CRISTIAN ISMAEL /COMISION LIBERTAD CONDICIONAL (C.L.C.)
Rol
Fecha
9 de febrero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Karen Andrea Godoy Schmied, abogada, Defensora Penal Pública Penitenciaria, en favor de don Cristian Ismael Gálvez Naranjo, actualmente privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, quien interpone acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado la postulación al beneficio de libertad condicional del amparado. Expone que su representado se encuentra cumpliendo una pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo por el delito de robo con intimidación, impuesta por el 2° Juzgado de Garantía de Santiago, en la causa RUC 2300079668-9, y una pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo por conducción sin licencia, impuesta por el 9° Juzgado de Garantía de Santiago, en la causa RUC 21009258861-K. Agrega que, la fecha de inicio de condena es el 21 de enero de 2023, con término estimado el 23 de marzo de 2027, y que el tiempo mínimo para postular a libertad condicional se cumplió el 1 de noviembre de 2025. Refiere que el condenado satisface la totalidad de los requisitos legales, a saber: los dos tercios de cumplimiento efectivo de condena, seis bimestres consecutivos de calificación conductual "Muy Buena" y el informe psicosocial elaborado por el equipo técnico de Gendarmería de Chile, razón por la cual fue incorporado al proceso de libertad condicional del segundo semestre de 2025. No obstante lo anterior, indica que la Comisión rechazó la postulación fundándose en la existencia de factores de riesgo de reincidencia en rango medio y en que el proceso de reinserción se encontraría en una fase inicial. Argumenta que la Comisión, reconociendo el cumplimiento de los numerales 1 y 2 del artículo 2° del Decreto Ley N°321, incorporó exigencias no contempladas en la ley como requisitos para la concesión del beneficio, desnaturalizando su finalidad. Destaca que el propio Reglamento
Fundamentos
motivos previos, puede colegirse que la recurrida, actuando en el ámbito de sus atribuciones, denegó la concesión de la libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación, la que, por cierto, se apoyó en los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile, y en la inteligencia que dentro de la esfera de las competencias que le son propias, le permitió concluir que el amparado no es merecedor, por ahora, de la misma. SÉPTIMO: Que, en consecuencia, es posible concluir que la Comisión no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el buen pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, por las razones que invoca y, por lo mismo, no puede estimarse que en la adopción de la determinación que se impugna haya incurrido en alguna ilegalidad.
Fallo
Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N°3 del D.L. N° 321 de 1925, 12 del Decreto Nº 338 de 2019, del Ministerio de Justicia y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de Cristian Ismael Gálvez Naranjo y en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y comuníquese. Amparo N°528-2026.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, nueve de febrero de dos mil veintiséis. Al folio 8; téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Karen Andrea Godoy Schmied, abogada, Defensora Penal Pública Penitenciaria, en favor de don Cristian Ismael Gálvez Naranjo, actualmente privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, quien interpone acción constitucional de
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