JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE ALTO HOSPICIO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

9 de febrero de 2026

Materia

ALIMENTOS, REBAJA

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE que conforme a los antecedentes que obran en la causa la parte demandante paga el dividendo del inmueble que habitan los alimentarios y

Fundamentos

considerando que los progenitores deben aportar de manera proporcional a sus facultades a los alimentos, lo dispuesto en los artículos 67 y siguientes de la Ley 19.968, SE REVOCA la resolución apelada de veintitrés de diciembre de dos mil veinticinco y en su lugar se dispone que se acoge el incidente de rebaja provisoria de alimentos, regulándose el monto que [PEDRO] deposita a [VALERIA] en el equivalente a 6 unidades tributarias mensuales. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Güiza quien estuvo por...

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Iquique, nueve de febrero de dos mil veintiséis. VISTO Y TENIENDO PRESENTE que conforme a los antecedentes que obran en la causa la parte demandante paga el dividendo del inmueble que habitan los alimentarios y considerando que los progenitores deben aportar de manera proporcional a sus facultades a los alimentos, lo dispuesto en los artículos 67 y siguientes de la Ley 19.968, SE REVOCA la resoluc

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