SIN INFORMACION

CHANTENER PLAIRIZEMOND /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

9 de febrero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de don Chantener Plairizemond, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional De Migraciones, debido a que por Resolución Exenta N° 24555212, de 5 de diciembre de 2024, dicho órgano administrativo incurre en un acto arbitrario e ilegal al rechazar su solicitud de regularización migratoria y ordenar el abandono del territorio nacional, vulnerando con ello los artículos 19 N°7 y 21 inciso 3° de la Constitución Política de la República, que aseguran la libertad personal y ambulatoria de toda persona. El recurrente señala que el amparado ingresó y permaneció en Chile con el propósito de regularizar su situación migratoria, contando previamente con visa temporaria vigente al momento de efectuar su solicitud de permanencia definitiva, cumpliendo con los requisitos legales establecidos. Actualmente mantiene un vínculo laboral indefinido en el país, lo que acredita su arraigo social, laboral y su voluntad real de integrarse plenamente a la sociedad chilena. Asimismo, expone que el rechazo de la solicitud se funda exclusivamente en la supuesta falta de acompañamiento del certificado de antecedentes penales del país de origen debidamente legalizado, circunstancia que no resulta efectiva, toda vez que dicho documento fue obtenido y presentado tan pronto como fue posible, atendida la grave crisis institucional y administrativa que afecta a Haití, situación de público conocimiento, encontrándose actualmente acompañado en autos. Señala además que la resolución impugnada fue dictada sin observar el principio de razonabilidad ni proporcionalidad, dejándolo en un estado de incertidumbre e indefensión, configurando una amenaza concreta y actual a su libertad ambulatoria, al disponer su expulsión del territorio nacional sin considerar el cumplimiento sustancial de los requisitos exigidos ni su situación personal, laboral y social en Chile. Solicita se acoja el recurso de amparo, se deje sin efecto la Resolución E

Fundamentos

considerando: Primero: Que, el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, por esta vía cautelar se cuestiona la legalidad de la Resolución Exenta N°24555212 de 5 de diciembre de 2024, que rechazo la solicitud de residencia definitiva presentada por el amparado y que dispuso el abandono del país, dentro del plazo 10 días, la que se funda en no haber acreditado el pago de la multa por haber residido irregularmente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 21.325 y no haber acompañado en certificado de antecedentes penales de su país debidamente legalizado y/o apostillado. Tercero: Que, del análisis de los antecedentes acompañados en esta instancia, se acompañó el certificado de antecedentes penales de su país de origen debidamente legalizado, subsanando dicho reproche. Además, acompañó certificado de cotizaciones previsionales de Fonasa, de manera que es posible establecer arraigo laboral y social del actor. Cuarto: Que, atendido lo expuesto se logra concluir que, de ejecutarse la medida de abandono, la misma deviene en ilegal en razón de la falta de proporcionalidad, toda vez que se ocasionaría un daño al amparado en su libertad ambulatoria vulnerándose lo dispuesto en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de amparo deducido a favor de Chantener Plairizemond, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y, por consiguiente, se deja sin efecto la Resolución Exenta N°24555212 de 5 de diciembre de 2024, debiendo reabrirse el procedimiento administrativo, otorgándole un plazo de 60 días hábiles para acreditar el pago de la multa que corresponde y valorar el documento acompañado en esta instancia, que se adjunta al presente, para posteriormente resolver su solicitud como en derecho corresponde. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-349-2026.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, nueve de febrero de dos mil veintiséis. Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de don Chantener Plairizemond, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional De Migraciones, debido a que por Resolución Exenta N° 24555212, de 5 de diciembre de 2024, dicho órgano administrativo incurre en un acto arbitrario e ilegal al rechazar su soli

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