SIN INFORMACION

RAILLANCA/I MUNICIPALIDAD DE LAGO RANCO

Rol

Fecha

9 de febrero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Que de los antecedentes expuestos por la recurrente no aparecen hechos que puedan constituir vulneración a garantías de aquellas indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, desde que aquellos en que fundamenta su petición corresponden a un actuar dentro de las facultades propias de la recurrida, como órgano de la administración del estado. Y visto, además, lo que dispone el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara INADMISIBLE el recurso de protección interpuesto. Acordado contra el parecer de la Ministra doña María Soledad Piñeiro Fuenzalida, quien estuvo por declarar admisible el recurso. Al primer, segundo y tercer otrosíes, estese a lo resuelto a lo principal. Regístrese digitalmente y archívese. Rol N° 201-2026 Protección

Fallo

Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara INADMISIBLE el recurso de protección interpuesto. Acordado contra el parecer de la Ministra doña María Soledad Piñeiro Fuenzalida, quien estuvo por declarar admisible el recurso. Al primer, segundo y tercer otrosíes, estese a lo resuelto a lo principal. Regístrese digitalmente y archívese. Rol N° 201-2026 Protección

Texto Completo (Preview)

Valdivia, nueve de febrero de dos mil veintiséis. Vistos: Que de los antecedentes expuestos por la recurrente no aparecen hechos que puedan constituir vulneración a garantías de aquellas indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, desde que aquellos en que fundamenta su petición corresponden a un actuar dentro de las facultades propias de la recurrida, como órgano de

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