SIN INFORMACION

MARTINEZ ADDISON-SMITH CRISTIAN ROBERTO CONTRA CORTE DE APELACIONES DE TEMUCO

Rol

Fecha

9 de febrero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado don Eduardo A. Becas Mora interpone recurso de amparo constitucional en favor de Cristian Roberto Martínez Addison-Smith, actualmente sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva, en contra de la resolución dictada con fecha 30 de enero de 2026 por la Segunda Sala de esta Ilustrísima Corte de Apelaciones, que confirmó la mantención de dicha medida en la causa RIT 9892-2024 del Juzgado de Garantía de Temuco, sosteniendo que la decisión sería ilegal y arbitraria por falta de fundamentación. Segundo: Que el recurso de amparo previsto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República tiene por objeto tutelar la libertad personal y seguridad individual frente a actos u omisiones ilegales o arbitrarios que importen privación, perturbación o amenaza de tales derechos, constituyendo una acción de carácter excepcional y subsidiario, que no puede transformarse en una instancia de revisión general de resoluciones judiciales dictadas dentro de un procedimiento legalmente tramitado. Tercero: Que de los antecedentes expuestos por el recurrente se advierte que la impugnación recae sobre una resolución judicial dictada por una sala de esta Corte en el ejercicio de sus atribuciones jurisdiccionales, en el marco de un procedimiento penal en el cual la defensa ha contado —y continúa contando— con vías procesales ordinarias previstas por la ley para discutir la procedencia y mantención de la medida cautelar, tales como la revisión de la prisión preventiva ante el tribunal competente conforme al Código Procesal Penal. Cuarto: Que, en consecuencia, el amparo constitucional no puede ser utilizado para suplir o reemplazar los recursos judiciales ordinarios establecidos por el legislador ni para reabrir, por esta vía excepcional, el debate propio de instancias procesales ya resueltas dentro de un procedimiento regular, máxime cuando la resolución impugnada emana de un tribunal competente y ha sido dictada en ejercicio d

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de amparo, se resuelve se declara inadmisible el recurso de amparo interpuesto en favor de Cristian Roberto Martínez Addison-Smith. Archívese. Rol N° Amparo-52-2026 (pvb).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco. Temuco, nueve de febrero de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado don Eduardo A. Becas Mora interpone recurso de amparo constitucional en favor de Cristian Roberto Martínez Addison-Smith, actualmente sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva, en contra de la resolución dictada con fecha 30 de enero de 2026 por la Segunda Sala de esta Ilustr

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