GALLARDO ULLOA MELVIN IGNACIO CONTRA JUZGADO DE GARANTIA DE TEMUCO
Rol
Fecha
6 de febrero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Comparece KATHERINE CASTILLO MATAMALA, abogada, defensora privada, en representación de MELVIN GALLARDO ULLOA, cédula de identidad 22.303.606-6 domiciliado en Calle Pasaje Flores N°140 de la comuna de Pucón, imputado en causa RUC 2500636260-8 RIT 4071-2025 y RIT 8276-2023 RUC 2301222924-0, ambas del Juzgado de Garantía de Temuco, deduciendo acción de amparo constitucional, en contra de la resolución de fecha 18 de septiembre de 2025, que resolvió decretar la medida cautelar de prisión preventiva del amparado, quién se encontraba cumpliendo dicha medida cautelar en causa diversa, conforme a los antecedentes que expone. Señala que, con fecha 18 de septiembre del año 2025, ante el Juzgado de Garantía de Temuco, se realizó control de detención y formalización a su representado, por el delito de tráfico de drogas, dentro del contexto de una investigación iniciada en octubre de 2023, en la causa Rit 8276-2023 y se decreta la internación provisoria. Explica que, posterior a la formalización y al decretar la internación provisoria, se procede a formalizar a su representado en la causa Rit 4071-2025, donde en esa causa se decreta la prisión preventiva. En este caso en concreto lo que hace el Ministerio Público es pedir derechamente la prisión preventiva y no en su carácter de anticipada, por lo cual estima que sería procedente. Por su parte la defensa se opuso a la solicitud de la cautelar de prisión preventiva efectuada por la Fiscalía, por una cuestión de fondo que dice relación con los antecedentes entregados por el Ministerio Público, estos resultan ser insuficientes para presumir la participación de su representado en el hecho delictivo que se le atribuye participación y, además, porque que su defendido se encuentra ya en prisión preventiva en la causa Rit 8276-2023, del mismo tribunal donde está formalizado por tráfico. Agrega que, en consecuencia, estando su representado en prisión preventiva en causa distinta, no es procedente que se le imponga también pris
Fundamentos
fundamentos que hagan procedente la prisión preventiva solicitada por la Fiscalía respecto de Melvin Gallardo Ulloa por cuanto éste, como se ha señalado, ya está en prisión preventiva en una causa distinta, no podría entonces estar bajo la misma cautelar en dos causas distintas. Eso ha sido ya invariablemente recogido por nuestro máximo tribunal. Entonces no hay lugar a la prisión preventiva solicitada por la Fiscalía, por improcedente. Indica que, luego del debate de rigor, sin perjuicio de dar por acreditado los presupuestos materiales del hecho y la participación, el Juzgado de Garantía de Temuco rechaza la aplicación de la prisión preventiva conforme a resolución que reproduce, pero acto seguido expresa el tribunal que existen en la especie antecedentes que constituyen criterios objetivos que permiten concluir que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, tales como la gravedad de los hechos, las penas que la ley les asigna, la actuación en grupo y la existencia de causas penales pendientes, con cautelares vigentes, cuya entidad determina que la prisión preventiva es la única cautelar idónea para el caso, razón por lo cual se accederá a lo solicitado por el Ministerio Público. Así, luego de reproducir sus fundamentos de derecho y jurisprudencia pertinente, manifiesta que el actuar del Juzgado de Garantía de Temuco es arbitrario, al decretar la prisión preventiva, respecto del amparado, por cuanto ya se encuentra en prisión preventiva en causa diversa, y esta no puede imponerse a quien ya está en prisión preventiva por otra causa sin condena. Agrega que esta medida cautelar debe interpretarse restrictivamente, como lo señala el artículo 5 inciso 2 del Código Procesal Penal, y las medidas cautelares personales solo pueden decretarse en los casos que específicamente establece la ley procesal, teniendo carácter de excepcional, por lo que la interpretación de las normas que le regulan debe ser restrictiva, además de tratarse de la medida más gravosa del ordenamiento jurídico. De lo expuesto, afirma que es clara la ilegalidad y arbitrariedad de la resolución dictada con fecha 18 de septiembre del 2025, que decretó la cautelar de prisión preventiva, en carácter de simultánea, por la fundamentación de hecho y derecho expuestas, soslayando así el carácter restrictivo de la norma penal y, más aún, el carácter restrictivo de las medidas cautelares personales de conformidad a lo establecido en el artículo 122 del Código Procesal Penal. Todo esto perturba libertad personal de su representado, obrando así con infracción a lo dispuesto en la Constitución Política de la República en su artículo 19 Nº7, 140, 141 y demás normales legales tanto del Código Procesal Penal, transgrediendo abiertamente lo dispuesto en la Constitución y las leyes perturbando su derecho a la libertad personal, de la forma analizada en los fundamentos de esta presentación. Conforme a ello, solicita ordenar se deje sin efecto la resolución pronunc
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se declara que SE RECHAZA la acción de amparo deducida por doña Katherine Castillo Matamala, abogada, defensora privada, en representación de Melvin Gallardo Ulloa, en contra de la resolución de fecha 18 de septiembre de 2025, dictada por el Juzgado de Garantía de Temuco. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N° Amparo-35-2026.(jog)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, seis de febrero de dos mil veintiséis. Al folio 7 y 8: A lo principal y al otrosí: Téngase presente. VISTOS: Comparece KATHERINE CASTILLO MATAMALA, abogada, defensora privada, en representación de MELVIN GALLARDO ULLOA, cédula de identidad 22.303.606-6 domiciliado en Calle Pasaje Flores N°140 de la comuna de Pucón, imputado en causa RUC 2500636260-8 RIT 4071-2025 y RIT 827
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica