CÁRDENAS/CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES
Rol
Fecha
6 de febrero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Sonia Victoria Cáceres González, abogado, en representación de don César Esteban Cárdenas Alvarado, empleado dependiente, quien interpone recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes (CCAF Los Andes), representada legalmente por don Nelson Mauricio Rojas Mena. La recurrente expone que su representado trabaja para la empresa South Services Chile y que, al recibir su remuneración correspondiente al mes de julio de 2025, constató un descuento automático bajo la glosa “Descuentos CCAF” por la suma de $277.124.-. Al consultar, se le informó que correspondía a un crédito social otorgado el 3 de febrero de 2020 por un monto original de $5.814.602.-, el cual habría quedado en mora desde la cuota N° 20 (noviembre de 2021). Sostiene que el acto de la recurrida es ilegal y arbitrario, por cuanto la Caja de Compensación ya optó por la vía del cobro judicial, existiendo un juicio ejecutivo vigente ante el Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Aysén, Rol C-553-2022, en el cual se ha hecho valer la excepción de prescripción. Argumenta que la recurrida intenta obtener un pago forzado de forma extrajudicial, evadiendo el proceso judicial iniciado por ella misma, lo que vulnera el derecho de propiedad sobre las remuneraciones, garantizado en el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República. Solicita se acoja el recurso, se ordene el cese de los descuentos y la restitución de las sumas retenidas. SEGUNDO: Que, evacuando el informe solicitado, comparece don Matías Amigo García, en representación de la CCAF Los Andes, solicitando el rechazo del recurso. Confirma la existencia del crédito y el estado de mora del recurrente. Defiende la legalidad del mecanismo de descuento por planilla basándose en el artículo 22 de la Ley N° 18.833, señalando que es una obligación legal del empleador retener dichas sumas. Respecto a la prescripción, alega que esta debe ser declarada
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección: Se Acoge, sin costas, la acción de protección interpuesta en favor de don CÉSAR ESTEBAN CÁRDENAS ALVARADO en contra de la CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES. La recurrida deberá abstenerse de efectuar nuevos descuentos en las remuneraciones del recurrente por concepto del crédito social objeto de este recurso y con restituir a la parte recurrente la suma de $277.124.- y cualquier otra cantidad que hubiere sido descontada con posterioridad al mes de julio 2025 por el mismo concepto, en un plazo no superior a diez días hábiles desde que la presente sentencia se encuentre firme y ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-17264-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, seis de febrero de dos mil veintiséis. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Sonia Victoria Cáceres González, abogado, en representación de don César Esteban Cárdenas Alvarado, empleado dependiente, quien interpone recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes (CCAF Los Andes), representada legalmente por d
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica