SIN INFORMACION

CORTÉS/ISAPRE NUEVA MASVIDA S.A

Rol

Fecha

6 de febrero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: 1°) En el folio 1 doña Consuelo Muhie Morales, abogada en favor de don Sergio Jesús Cortés Lemus, deduce acción de protección en contra de la Isapre Nueva Más Vida S.A., por la negativa y omisión actual, y continuada de otorgar cobertura y financiamiento a un evento de urgencia vital debidamente activado conforme a la Ley de Urgencia, ocurrido a contar del 14 de agosto de 2025, con ocasión de su ingreso en condición de riesgo vital al Hospital Provincial de Vallenar. 2°) De la lectura de dicho arbitrio, se aprecia que el acto reclamado que se denuncia como arbitrario e ilegal, aún no adquiere la calidad de terminal, dado que existe un recurso presentado en sede administrativa, que a la fecha no ha sido resuelto. En ese entendido, al tenor de lo dispuesto en el artículo 2 y 54 de la ley 19.880, no existe una situación jurídica consolidada que deba ser conocida por esta Corte y por ello será declarado inadmisible el arbitrio en examen. Cabe hacer presente que la situación en examen ya fue conocida y resuelta en el Rol 3-2026 del libro protección de esta Corte, el cual no fue apelado en su oportunidad, sin que hayan variado los antecedentes que se tuvieron en cuenta al momento de resolver. Por lo razonado y visto lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República, artículo 2 y 54 de la ley 19.880, y lo dispuesto en el numeral 2 y 3 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto en lo principal de folio 1. Al primer, segundo y tercer otrosí, estese a lo resuelto precedentemente. Regístrese y archívese. N°Protección-109-2026./mfr.

Fallo

fallo del recurso de protección, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto en lo principal de folio 1. Al primer, segundo y tercer otrosí, estese a lo resuelto precedentemente. Regístrese y archívese. N°Protección-109-2026./mfr.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Copiapó Copiapó, seis de febrero de dos mil veintiséis. Vistos: 1°) En el folio 1 doña Consuelo Muhie Morales, abogada en favor de don Sergio Jesús Cortés Lemus, deduce acción de protección en contra de la Isapre Nueva Más Vida S.A., por la negativa y omisión actual, y continuada de otorgar cobertura y financiamiento a un evento de urgencia vital debidamente activado conforme a la Ley de

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