ANONIMIZADO
Rol
Fecha
6 de febrero de 2026
Materia
RELACION DIRECTA Y REGULAR CON EL NIÑO
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que las facultades del juez a quo para examinar la admisibilidad de la demanda se encuentran fuertemente restringidas a lo que el artículo 54-1 de la ley 19.968 le permite y no siendo la situación de autos una de aquellas en que está contemplado el ejercicio de la referida facultad, y sin que se desprenda del tenor de la demanda que ésta es manifiestamente improcedente, lo resuelto ha de entenderse como una decisión arbitraria que no se condice con el principio de inexcusabilidad que le exige a los tribunales admitir a trámite las demandas que los justiciables presentaren, principio que se encuentra establecido en el artículo 10 inciso...
Texto Completo (Preview)
Santiago, seis de febrero de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Que las facultades del juez a quo para examinar la admisibilidad de la demanda se encuentran fuertemente restringidas a lo que el artículo 54-1 de la ley 19.968 le permite y no siendo la situación de autos una de aquellas en que está contemplado el ejercicio de la referida facultad, y sin que se desprenda del tenor de la
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