MP.C/ VÍCTOR HERNÁN JAÑA SANTIBÁÑEZ.
Rol
Fecha
6 de febrero de 2026
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, aparece que no han variado sustancialmente las circunstancias que se tuvieron en consideración, en su oportunidad, para imponer la prisión preventiva. En efecto, en esta etapa procesal, se encuentran suficientemente justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto de los delitos por los que fue formalizada la investigación en contra del imputado, sin perjuicio de las alegaciones que puedan ser objeto de debate y prueba ante el juez de fondo en lo que refiere a la calificación jurídica de uno de ellos. Asimismo, se estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en relación con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada,
Fundamentos
considerando el número de ilícitos, la naturaleza y la gravedad de uno de ellos, los bienes jurídicos protegidos y la circunstancia de registrar antecedentes penales pretéritos en su extracto de filiación, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador para alcanzar los objetivos señalados en el inciso primero del artículo 155 del referido cuerpo legal. Y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de tres de febrero de dos mil veintiséis, pronunciada por el 12° Juzgado de Garantía de Santiago, que mantuvo la prisión preventiva del imputado VÍCTOR HERNÁN JAÑA SANTIBÁÑEZ. Devuélvase. N° 386-2026-Penal.
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San Miguel, seis de febrero de dos mil veintiséis. Sala: Tercera Rol Corte: Penal-386-2026 Ruc: 2500184794-8 Rit: 466-2025 12° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Relator: Sebastián Vergara de la Rivera. Caratulado: MP.C/ VÍCTOR HERNÁN JAÑA SANTIBÁÑEZ. Tipo de Recurso: Penal-cautelar personal. Escritos proveídos en audiencia: 2 San Miguel, seis de febrero de dos mil veintiséis. Vistos: Que, de acuer
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