JUZGADO DE GARANTIA DE VIÑA DEL MAR

MIN PUBLICO C/ JOSE ANTONIO OYARZO ADROVE

Rol

Fecha

6 de febrero de 2026

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes, estimando que una o más de las medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal son suficientes y proporcionadas para asegurar los fines del procedimiento y conforme lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de treinta y uno de enero de dos mil veintiséis, dictada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado José Antonio Oyarzo Adrove y en su lugar se declara que se la deja sin efecto. Se da orden de libertad inmediata para José Antonio Oyarzo Adrove si no estuviere privado de ella por otra causa. Comuníquese la libertad inmediatamente por correo electrónico y por vía telefónica. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. NºPenal-334-2026.

Fallo

se declara que se la deja sin efecto. Se da orden de libertad inmediata para José Antonio Oyarzo Adrove si no estuviere privado de ella por otra causa. Comuníquese la libertad inmediatamente por correo electrónico y por vía telefónica. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. NºPenal-334-2026.

Texto Completo (Preview)

Jbl C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a seis de febrero de dos mil veintiséis, a las 11:08 horas, ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones de Valparaíso, integrada por el Ministro Sr. Pablo Droppelmann Cuneo, quien presidió, la Ministra Sra. Silvana Donoso Ocampo y el Abogado Integrante Sr. Guillermo Oliver Calderón, para la vista del recurso de apela

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